UPC rechazó cambio de leyes que permiten privatizar empresas estatales

El legislador de la UCR, Miguel Nicolás, aseguró en la sesión de la Unicameral que la negativa a la privatización de la EPEC podría tratarse "de otra mentira de Unión por Córdoba".
Recinto de Sesiones Unicameral de Córdoba Foto: Prensa Legislatura de Córdoba

El bloque de Unión por Córdoba rechazó el tratamiento sobre tables del proyecto presentado por el interbloque Cambiemos para derogar parcialmente las leyes del “Nuevo Estado” (8835, 8836 y 8837) sancionadas por la Bicameral el 1 de marzo del año 2000 posibilitando concesiones, privatizaciones e incorporación del capital privado a las empresas estatales para impedir la posible privatización de la Empresa Provincial de Energía Eléctrica (EPEC).

Esa norma que abre la puerta a las privatizaciones del sector estatal establece en su artículo 3 que se aplicará en los Poderes Legislativo, Judicial, a la Defensoría del Pueblo, al Tribunal de Cuentas y en el ámbito del Poder Ejecutivo.

El legislador de la UCR, Miguel Nicolás propuso, a través del proyecto de ley, que se derogue el inciso "b" que abarca a las entidades autárquicas como Epec y que se modifique el inciso "c" para excluir al Banco de la Provincia de Córdoba de cualquier posible privatización.

Puntualmente la ley 8837 de Incorporación de Capital Privado al Sector Público otorgaba facultades al Ejecutivo para la incorporación de capital privado o liquidación de empresas, sociedades o entidades de propiedad del Estado y permite la concesión total o parcial de servicios, prestaciones u obras. En este intento privatizador quedó incluida la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC).

Para impedir esta incorporación, Nicolás proponía la derogación del capítulo completo, del título segundo acerca de los cambios de los modelos de gestión de la Ley 8837 que establece la Incorporación de Capital Privado (Participación Total o Mayoritaria) o a la liquidación de empresas, sociedades, establecimientos o entidades cuya propiedad pertenezca, total o parcialmente -pero en forma mayoritaria- al Estado Provincial.

Para instar los procedimientos establecidos, la ley establece que constituye requisito previo que haya sido aprobada la declaración de “sujeta a incorporación de capital privado”, la que deberá ser efectuada por el Poder Ejecutivo y remitida a la Legislatura Provincial, a los fines de su aprobación habilitando además a la liquidación total de las empresas del estado a través de procedimientos de Licitación Pública, Concurso Público, Concurso de Proyectos Integrales; Remate Público, con base o sin ella o venta de acciones en Bolsas y Mercados de Valores de Córdoba, nacionales o del exterior.

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