Economía 22/01/2018

Vence hoy lunes el plazo para la recategorización del Monotributo

Afip actualizó los valores de las categorías el 1 de enero. Los contribuyentes tienen que evaluar si hubo cambios en su actividad en el último año. Se difundió una guía paso a paso para hacer el trámite.

El plazo de recategorización para monotributistas vence hoy lunes 22. - Foto: ilustrativa.

Los monotributistas que deben recategorizarse tienen tiempo hasta hoy lunes 22 de enero, cuando vence el plazo previsto por la AFIP. Así lo confirmó el organismo, que actualizó el primer día del 2018 los valores de las categorías en su sitio web.

Para saber si hay que recategorizarse, los contribuyentes tienen que evaluar si hubo cambios en su actividad en los últimos 12 meses. Por ejemplo, facturación anual, consumo de energía eléctrica, monto del alquiler y superficie del local, cantidad de empleados o el precio máximo de venta de cosas muebles.

El trámite se realiza ingresando la clave fiscal en el portal de monotributo de la AFIP, seleccionando la opción "Recategorización". De ese modo, el sistema encuadra al usuario en la categoría correspondiente.

En cambio, si el contribuyente no experimentó cambios en el desarrollo de su actividad, no es necesario hacer ningún trámite.

Según la nueva tabla de valores vigente desde el 1 de enero, el impuesto integrado para prestación de servicios va de $ 87,04 a $ 3.584,17; mientras que para la venta de cosas muebles oscila entre $ 87,94 a $ 6.048,3.

Si se suma el aporte jubilatorio y a las obras sociales, la cuota para servicios va desde $ 1.007,41 a $ 4.868,86, y la cuota total para venta de cosas muebles va desde $ 1.007,41 a $ 7.580,69.

El trámite puede realizarse desde la web exclusiva para monotributistas o desde la aplicación para celulares “Mi Monotributo” disponible en Android e iOS. A fin de simplificar la tarea de los contribuyentes, la AFIP publicó una flamante guía "paso a paso". Podés verla en este enlace.                                                                                        

En tanto, la ley 27.430 introdujo cambios con respecto al calendario para la recategorización: la misma pasa a ser semestral (enero-junio y julio-diciembre) en lugar de cuatrimestral.

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