Amplían por hurto la imputación a los acusados de la violación "en manada"

Los siete agresores de Sebastián Elcano, que se encuentran detenidos, fueron acusados de haberle robado el sueldo a la víctima.
La difusión del material fílmico por parte de los agresores, genera un agravante en el caso de acuerdo a "pautas de mesuración a la pena". Foto: gentileza

La fiscal Fabiana Pochettino amplió este viernes la imputación por hurto para los siete hombres que se encuentran detenidos y acusados de cometer una violación en manada contra un joven, en la localidad cordobesa de Sebastián Elcano.

Este miércoles fueron indagados los siete detenidos y "siguen acusados por abuso sexual con acceso carnal, no se ha modificado la imputación", contó a La Nueva Mañana, el abogado defensor de la víctima, Carlos Nayi,  y destacó que "se están cumpliendo ciertas medidas instructorias. Más allá de la imputación que tienen, se amplió ahora con la de imputación por hurto".

La última acusación tiene que ver con el robo de dinero en efectivo de la víctima durante el ataque: "Lo que se le robó es lo que la víctima había cobrado en parte, durante la primera quincena, por el trabajo que desarrolla en negro en la comuna de Sebastián Elcano", dijo el letrado. 

"Una condena como si fuera un crimen"

Respecto a la posible condena que podrían recibir los imputados, se estima entre 8 a 20 años de prisión, basado en el principio de subsunción jurídica, "que es el abuso sexual con acceso carnal agravado, en este caso por el número de personas", explicó Nayi y precisó que "es casi como asesinar a alguien, para el delito de homicidio, de acuerdo al artículo 79, existe una pena de 8 a 25 años, como máximo".

En cuanto a la situación de la víctima, "está recibiendo la contención brindada por el ministerio de Justicia de Córdoba y los organismos correspondientes", de acuerdo a las necesidades del momento.  Cabe recordar, que el ataque ocurrió el 16 de febrero y la denuncia fue realizada el 18 de marzo, cuando el caso tomó estado público por la difusión de un video. 

"Todo ese tiempo la víctima estuvo presa en su casa, y sus padres entendieron la profunda depresión a la que había llegado este joven, cuando toman conocimiento. Allí pueden comprender el encierro domiciliario de la víctima", contó el abogado. 

El video es parte de la investigación y "no se puede juzgar ni absolver en función del mismo", puntualizó Nayi y agregó: "Este material es el que desata el escándalo, por un lado para mal porque la víctima fue sometido a un escarnio público, y por otro para bien porque el radar de la justicia penal, llegue a juzgar a estas personas que no se comportan de una manera civilizada".

La difusión del material fílmico por parte de los agresores, genera un agravante en el caso de acuerdo a "pautas de mesuración a la pena", de acuerdo al artículos 40 y 41 del Código Penal, "no es lo mismo cometer un delito, arrepentirse y la enmienda, que cometerlo y luego ver la falta de arrepentimiento y el desafío, al subir ese video a las redes, produciendo un efecto multiplicador", cerró el letrado.

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