
Senado: aprobaron las modificaciones al Código Procesal Penal

El Senado de la Nación aprobó con cambios este miércoles un proyecto de ley que modifica el Código Procesal Penal e incorpora figuras penales como el arrepentido y los delitos de flagrancia y responsabilidad penal empresaria.
Con 49 votos a favor, diez en contra y dos abstenciones, la iniciativa deberá ser tratada nuevamente en Diputados, tras el respaldo del interbloque Cambiemos y por el interbloque Argentina Federal.
La principal modificación realizada por los senadores durante la sesión fue la eliminación del artículo que recibió duras críticas de parte de ONGs y de la oposición referido al establecimiento de un sistema de vigilancia remota que permitiría intervenir teléfonos celulares, tablets o cualquier tipo de dispositivo electrónico.
En representación de Cambiemos, el senador por Córdoba Ernesto Martínez aseguró que "el oficialismo procuró mayores garantías para todo el mundo" y criticó "la negativa por la negativa misma" por parte de sectores como el kirchnerismo que votaron contra la propuesta.
Por su parte, el senador del PJ Rodolfo Urtubey, uno de los autores de la propuesta junto a Pedro Guastavino, enumeró en el recinto los cambios introducidos a la iniciativa y especificó en ese sentido que se eliminan dos capítulos referidos a la vigilancia electrónica.
El artículo 7 del dictamen respecto a la prisión preventiva, que sustituía el artículo 17 del Código Procesal, también sufrió modificaciones. "Se vuelve a la redacción original en la acreditación del peligro real de fuga u obstaculización de investigación", explicó sobre este punto que también había recibido cuestionamientos.
Respecto al artículo 16, precisó, sobre las funciones del Ministerio Público Fiscal "se vuelve a establecer la intervención de la Procuración de establecer la especialización de la investigación mediante fiscalías temáticas".
En el caso del artículo 22 vinculado a la colaboración entre fiscales federales y provinciales se quitó la palabra "encomendar" para que quede claro que se trata de una coordinación y no de una subordinación de fiscales federales a los provinciales.
El artículo 25 sobre escuchas telefónicas se refería la penalización a quienes filtren mencionaba sólo a empleados y excluía a jueces y fiscales de la responsabilidad, por lo que "se vuelve a poner que la responsabilidad penal es también de funcionarios y magistrados".
El texto aprobado actualiza el código introduciendo en sus articulados figuras penales aprobadas en los últimos meses, como flagrancia, arrepentido y responsabilidad penal empresaria.
Fuente: Télam.


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