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title: "Elevan a juicio una causa de muerte por mala praxis como \"homicidio simple\""
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description: "Este tipo de casos generalmente son caratulados como homicidio culposo y no es habitual que se encuadren con la pena máxima del Código Penal."
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tags:
  - "Carlos Nayi"
  - "Mala praxis"
author_name: "Redacción La NUEVA Mañana"
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# Elevan a juicio una causa de muerte por mala praxis como "homicidio simple"

![nayi](/download/multimedia.normal.81251ee46b23fa59.6e6179695f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*Nayi resaltó que en caso de ser encontrada culpable, la médica recibirá una pena de ocho a 25 años de prisión. Foto: archivo.*

Luego de que **Bruno Agustín Castellano (13) falleciera por un caso de mala praxis**, **la fiscal Claudia Palacios**, del Distrito 3 Turno 4, **solicitó que la causa sea elevada como homicidio simple,** una figura penal inédita para estos casos.

Las muertes por **mala praxis generalmente son caratuladas como homicidio culposo** y no es habitual que se encuadren como homicidio simple.

Durante la construcción del caso **se consideró que el accionar de María Laura Pisaya**, la médica del hospital Italiano, **fue una consecuencia directa del deceso del niño**, por lo que fue imputada.

El caso ocurrió en 2017, cuando Bruno y sus padres se acercaron al hospital. Pisaya lo atendió por una quebradura en la muñeca y el caso se complicó con el correr de los días.

Según la investigación, en el primer momento que Pisaya atendió a Bruno, la médica le aplicó anestesia local y tras reducir la fractura le colocó un yeso. Posteriormente, lo envió a casa y le indicó a los padres que le dieran analgésicos.

Con el correr de las horas, el niño comenzó a sentir dolores y fue llevado durante dos días seguidos al médico. **La fiscal aseguró que Pisaya no atendió correctamente a Bruno y no detectó a tiempo que había producido una infección generalizada.**

“El niño tenía un dolor generalizado, edema paresia/parestesias de MSD, frialdad y cianosis periférica y no se le detectaba pulso por debajo del codo, mala perfusión digital y mala perfusión generalizada, estaba además con taquicardia y taquipnea”, explicó Palacios en el documento que se elevó a juicio.

**Fue una segunda médica la que decidió internar a Bruno en la unidad de terapia intensiva, pero a la madrugada siguiente falleció a causa de un shock séptico.**

“La intervención de la profesional fue absolutamente deficiente. Entendió la fiscal interviniente de que esto es desprecio por la vida, que debió preveer el resultado a partir de una incorrecta actividad profesional a nivel médico y prever el resultado por esa falta de atneión”, indicó a Eldoce.tv el abogado de la familia, Carlos Nayi.

Además, cuando se le consultó qué tipo de pena podría ser aplicada, **Nayi resaltó “la más grave contenida en el Código Penal, de ocho a 25 años de prisión o reclusión**, en caso de ser encontrada culpable, más allá de la sanción de inhabilitación”.

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