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title: "Reforma tributaria: empresas ya pueden reducir contribuciones patronales"
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description: "En seguridad social, la reforma plantea dos grandes cambios:  la creación de un Mínimo No Imponible para las Contribuciones Patronales y  la gradual unificación de las alícuotas en dicho régimen."
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tags:
  - "Reforma tributaria"
category_name: "Economía"
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# Reforma tributaria: empresas ya pueden reducir contribuciones patronales

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*Se elimina la posibilidad de computar determinados porcentajes de contribuciones patronales como crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado.*

**Desde este martes las empresas ya pueden gozar de los beneficios previstos en la Reforma Tributaria, a través los cuales podrán reducir contribuciones patronales de las nuevas contrataciones de personal.** Los mismos rigen para las remuneraciones devengadas desde febrero pasado inclusive.  
   
**En lo que respecta a Seguridad Social la reforma plantea dos grandes cambios. El primero es la creación de un Mínimo No Imponible (MNI) para las Contribuciones Patronales,** que comienza en el desde febrero de 2018 con $ 2.400 mensuales por trabajador, hasta llegar a los $ 12.000 (actualizados) en el año 2022. Este beneficio es proporcional a los días y horas trabajados del mes, según reportó **Ambito.com.**

**El segundo de los cambios es la gradual unificación de las alícuotas en dicho régimen,** ya que las mismas quedarán hacia 2022 en el 19,5% del salario bruto, sin importar el tipo de actividad que desarrolle el empleador. Hasta tanto, las alícuotas para la mayoría de los empleadores serán de 17,5% para las remuneraciones devengadas desde febrero de 2018; 18,0% durante 2019; 18,5% durante 2020 y 19,0% durante 2021.  
   
 **El propósito del Mínimo No Imponible es que impacte en la reducción del costo de contratación de los trabajadores,** principalmente en los menos calificados, con la intención de promover la formalización en el mercado laboral.   
   
 Asimismo, y con la misma gradualidad que se incorpora el Mínimo No Imponible, **se elimina la posibilidad de computar determinados porcentajes de contribuciones patronales como crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado,** beneficio éste que se encuentra vigente para ciertas zonas del país y con diferentes alícuotas, comenzando en el año 2019.

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