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title: "Nación modificó la ley de Migraciones: endurece las deportaciones y habilita cobro en salud y universidades"
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description: "A través del DNU 366/2025, el Gobierno modificó la Ley 25.871, que regula la política migratoria, para endurecer las deportaciones y las condiciones de acceso al país; y habilitar el arancelamiento del sistema sanitario y las universidades."
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tags:
  - "Dirección Nacional de Migraciones"
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category_name: "Política"
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# Nación modificó la ley de Migraciones: endurece las deportaciones y habilita cobro en salud y universidades

![Aeropuerto by na](/download/multimedia.normal.ae3b6b2c87d10448.576861747341707020496d61676520323032312d30372d32312061742031312e5f6e6f726d616c2e6a706567.jpeg)![Oficina de Migraciones (gentileza)](/download/multimedia.normal.b11be477e8fbde1f.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

A través del **Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025**, publicado este jueves en el **Boletín Oficial**, el Gobierno Nacional modificó la **Ley 25.871, que regula la política migratoria**, para endurecer las deportaciones y las condiciones de acceso al país; y habilitar el**arancelamiento del sistema sanitario y la posibilidad de que las universidades puedan cobrar por el servicio educativo** a las personas extranjeras.

Si bien el DNU afirma que "el Estado en todas sus jurisdicciones asegurará el acceso igualitario de los inmigrantes a las mismas condiciones de protección, amparo y derechos de los que gozan los nacionales"; agrega más adelante que "**solo se brindará tratamiento médico o atención sanitaria habitual contra la presentación de un seguro de salud o la previa cancelación del servicio**, de conformidad con las condiciones que establezca el MINISTERIO DE SALUD".

También, expresa: **"Los extranjeros serán admitidos para ingresar y permanecer en el país en las categorías de ´residentes permanentes´, ´residentes temporarios o ´residentes transitorios´**". Y señala que la Dirección Nacional de Migraciones determinará la viabilidad del cambio de la categoría o subcategoría en que los extranjeros fueron originariamente admitidos.

"La residencia a la que refiere el párrafo anterior habilitará a sus titulares a permanecer, egresar, ingresar, trabajar y estudiar durante su período de vigencia en el territorio nacional. La extensión y renovación de la residencia precaria no genera derecho a una resolución favorable respecto de la admisión solicitada, ni resulta residencia válida a los efectos de acreditar arraigo, necesario para la obtención de la residencia permanente, o para la adquisición de la nacionalidad por naturalización”, agrega.

En relación a la **educación**, uno de los artículos señala: "Los **estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal**serán gratuitos para todos los ciudadanos argentinos nativos o por opción y para todo extranjero que cuente con **residencia permanente** en el país".

Y que "**quienes no contaren con residencia permanente en el país podrán ser titulares de becas en los casos en que ello sea previsto por los estatutos correspondientes o por los convenios celebrados entre las instituciones** de educación superior de gestión estatal y otros estados, instituciones u organismos nacionales e internacionales públicos o privados”.

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