---
canonical_url: "https://lmdiario.com.ar/contenido/481685/con-la-ampliacion-de-las-actividades-esenciales-el-gobierno-de-milei-limita-el-d"
title: "Con la ampliación de las \"actividades esenciales\", el Gobierno de Milei limita el derecho a huelga"
article_type: "Article"
description: "A través del Decreto de Necesidad y Urgencia 340/2025, publicado en el Boletín Oficial este miércoles, el Gobierno amplió el listado de actividades que en un 50% y 75% deberán garantizarse de manera obligatoria en medio de un conflicto sindical."
main_image: "https://lmdiario.com.ar/download/multimedia.normal.b29e4999321f34b4.457363656e6369616c6573207265636c616d6f732070616e64656d69612067655f6e6f726d616c2e6a7067.jpg"
date_published: "2025-05-21T19:22:00-03:00"
date_modified: "2025-05-21T21:51:50-03:00"
tags:
  - "actividades esenciales"
  - "derecho a huelga"
  - "derecho a la protesta"
  - "Javier Milei"
author_name: "Redacción La Nueva Mañana"
author_url: "https://lmdiario.com.ar/usuario/156/redaccion-la-nueva-manana"
category_name: "Política"
category_url: "https://lmdiario.com.ar/categoria/64/politica"
---

# Con la ampliación de las "actividades esenciales", el Gobierno de Milei limita el derecho a huelga

![Escenciales reclamos pandemia gentileza](/download/multimedia.normal.b29e4999321f34b4.457363656e6369616c6573207265636c616d6f732070616e64656d69612067655f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*"Esta nueva ofensiva autoritaria, llevada adelante mediante un DNU, representa un ataque directo a derechos consagrados en la Constitución Nacional", expresó Hugo "Cachorro" Godoy. Foto ilustrativa: gentileza*

A través del **Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025**, publicado en el Boletín Oficial este miércoles, **el Gobierno de Javier Milei limitó el derecho a huelga**, mediante la ampliación unilateral de las actividades consideradas esenciales.

Se trata de las actividades que deberán **garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre 50 y 75%** en caso de estar en medio de un conflicto sindical.

"**Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos**", afirmó artículo 3 de la normativa publicada hoy en el Boletín Oficial.

Y agregó que "en lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los**servicios esenciales**, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare".

Mientras que "en el caso de las**actividades o servicios de importancia trascendental**, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%".

El nuevo decreto del Gobierno amplió el listado de servicios considerados esenciales que, hasta ahora, solo reconocía como tal a los servicios sanitarios y hospitalarios, la producción y distribución de agua potable y energía eléctrica, los servicios telefónicos y el control del tráfico aéreo.

A diferencia de lo que regía hasta ahora,**la normativa incorporó actividades clave en sectores estratégicos como la salud, el transporte, la educación y las telecomunicaciones**.

Se incluyeron como servicios esenciales, entre otros, los servicios sanitarios y hospitalarios; el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios; los servicios farmacéuticos; y la producción, transporte, distribución y comercialización de agua potable, gas, otros combustibles y energía eléctrica.

También los servicios de telecomunicaciones, incluidos internet y comunicaciones satelitales; y la aeronáutica comercial y el control del tráfico aéreo y portuario, incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y demás servicios portuarios.

Lo mismo para los servicios aduaneros y migratorios, y otros vinculados al comercio exterior; el cuidado de menores y la educación en los niveles de guardería, preescolar, primaria, secundaria y educación especial; y el transporte marítimo y fluvial de personas, mercaderías y carga, junto a los servicios conexos y operaciones costa afuera.

La resolución, que forma parte de una serie de medidas de desregulación en el sector de la Marina Mercante, fue firmada por el**presidente Javier Milei y los ministros Gerardo Werthein (Relaciones Exteriores), Luis Petri (Defensa), Luis Caputo (Economía), Mariano Cúneo Libarona (Justicia), Patricia Bullrich (Seguridad), Mario Iván Lugones (Salud), Sandra Pettovello (Capital Humano) y Federico Sturzenegger (Desregulación del Estado).**

Uno de los primeros representantes del sector sindical que salió a repudiar la medida fue el titular de la CTA Autónoma, **Hugo "Cachorro" Godoy**, quien lamentó que el Gobierno "intenta nuevamente avanzar con lo establecido en el DNU 70/23 que ya ha sido declarado inconstitucional en dos instancias por la Cámara laboral".

"Esta nueva ofensiva autoritaria, llevada adelante mediante un DNU, representa un ataque directo a derechos consagrados en la Constitución Nacional. No lo vamos a permitir", agregó en su cuenta de X.

Fuente: NA

Noticias relacionadas:

Diputados: el oficialismo y aliados se negaron a debatir el aumento para los jubilados y el Libragate

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
