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title: "El Gobierno reglamentó el RIGI: impacta en ocho sectores de la actividad económica"
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description: "La reglamentación se hizo oficial a través del Decreto 749/2024 en el Boletín Oficial. Los segmentos que podrán gozar de los beneficios de la norma son: foresto industria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía, y petróleo y gas."
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date_published: "2024-08-23T14:20:00-03:00"
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tags:
  - "Actividad económica"
  - "RIGI"
author_name: "Redacción La NUEVA Mañana"
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category_description: "Noticias y sucesos nacionales de la República Argentina"
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# El Gobierno reglamentó el RIGI: impacta en ocho sectores de la actividad económica

![Rigi](/download/multimedia.normal.962d286e9ffc9ef2.MTcyNDQxNjIwNzI0MDgyMzAwNF9ub3JtYWwud2VicA==.webp)

*La reglamentación se hizo oficial a través del Decreto 749/2024 que se publicó este viernes en el Boletín Oficial. Foto: archivo NA*

**El Gobierno nacional reglamentó este viernes el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) que incluye proyectos que demanden un mínimo de u$s 200 millones**como inversión e impacta en ocho sectores de la actividad económica.

Entre otras cosas, el Gobierno explicó que el RIGI ofrece una serie de facilidades impositivas, de acceso a importaciones y al mercado de cambios, además del manejo de utilidades y flujo de fondos en el exterior.

**La reglamentación se hizo oficial a través del Decreto 749/2024 que se publicó este viernes en el Boletín Oficial.**

Los segmentos que podrán gozar de los beneficios de la norma son: foresto industria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía, y petróleo y gas.

La reglamentación aclaró que las inversiones en este último sector destinadas a transporte y almacenamiento deben superar los u$s 300 millones, mientras que aquellas orientadas a la exploración y explotación deberán ser mayores a u$s 600 millones.

### Dentro de cada segmento además se indican actividades específicas:

**Sector de Turismo:**servicio de hospedaje y alojamiento.

**Sector de Infraestructura:**construcción de estructuras físicas, redes y sistemas públicos o privados para logística y transporte (vial, terrestre, marítimo, fluvial, portuario, ferroviario, aeroportuario) y proyectos de esparcimiento.

**Servicios públicos y esenciales:**salud, educación, telecomunicaciones, defensa y seguridad.

**Sector de Minería:**prospección, exploración, desarrollo, extracción y explotación de minerales.

**Sector de Tecnología:**producción de bienes y servicios tecnológicos innovadores como biotecnología, nanotecnología, movilidad, energía, industria aeroespacial, nuclear, software, robótica, inteligencia artificial, armamento y defensa.

**Sector de Siderúrgico:** industrialización y procesamiento de hierro, acero y aleaciones para producir productos primarios o elaborados.

**Sector de Energía:**generación, almacenamiento, transporte y distribución de energía eléctrica de fuentes renovables y no renovables, y otras energías bajas en carbono.

**Sector de Petróleo y Gas:**construcción de plantas, transporte y almacenamiento de hidrocarburos, petroquímica, licuefacción de gas natural y exploración/explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos.

### A su vez, crea las figuras de:

**-**Registro de Vehículos de Proyecto Único (VPU) (son entidades como sociedades, sucursales o contratos que tienen como único objeto el desarrollo de un proyecto específico y deben ajustarse a las normativas correspondientes).

**-** Registro de Proyectos de Exportación Estratégica de Largo Plazo

**-**Registro de Proveedores del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones.

Las empresas que quieran adherir tendrán dos años para hacerlo y el Poder Ejecutivo quedará autorizado a extender ese plazo por hasta un año.

Entre los beneficios más importantes habrá una reducción del Impuesto a las Ganancias al 25%, se implementará una amortización acelerada de bienes muebles e infraestructura, los saldos de IVA se devolverán en un plazo no mayor a tres meses. Además, se permitirá el cómputo del 100% del impuesto al cheque crédito en Ganancias.

Asimismo, las empresas gozarán de exenciones en el pago de derechos de importación y durante los primeros tres años no se pagarán derechos de exportación.

El régimen también establece facilidades para la liquidación de divisas que ingresen por exportaciones que serán de 20% luego de dos años iniciada la inversión, 40% después de tres años y 100% luego del cuarto año.

En caso de exportaciones declaradas como “Exportación Estratégica de Largo Plazo”, los plazos son los siguientes:

Veinte por ciento (20%) luego de transcurrido un (1) año contado desde la fecha puesta en marcha de los Vehículos de Proyecto Único (VPU);

Cuarenta por ciento (40%) luego de transcurrido dos (2) años contados desde la fecha puesta en marcha del VPU;

Ciento por ciento (100%) luego de transcurrido tres (3) años contados desde la fecha de puesta en marcha del VPU.

Fuente: NA

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