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  - "Camara de senadores de la nación"
author_name: "Redacción La Nueva Mañana"
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# Avanza en el Senado la penalización a la sustracción de menores, con agravantes para funcionarios

![Sesion Senado Ley Bses NA](/download/multimedia.normal.92840a5d40490455.U2VzaW9uIFNlbmFkbyBMZXkgQnNlcyBOQV9ub3JtYWwud2VicA==.webp)

*Foto ilustrativa: NA*

La **comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado** logró dictaminar este jueves el proyecto que tipifica las penalidades en los delitos de **sustracción y/o comercialización de menores**, una iniciativa que ya había sido aprobada por unanimidad en el recinto, pero que debió regresar a la comisión por divergencias en su articulado.

El proyecto avanzó en medio de la conmoción por la **desaparición del niño correntino Loan Danilo Peña**, modifica el artículo 139 bis del Código Penal y lleva la pena de **5 a 15 años "al que reciba y a quien entregue ilegítimamente a una persona menor de edad** mediando, o no, precio, promesa de retribución o cualquier otro tipo de contraprestación, si no resultare un delito más severamente penado".

Agrega que **"será reprimido con la misma pena, si no resultare un delito más severamente penado, quien entregue y/o reciba a una persona menor de edad con fines adoptivos sin haber cumplido con la ley vigente** cuando haya mediado o no; precio, promesa de retribución o cualquier otro tipo de contraprestación".

A su vez, el Senado incorporó al Código Penal el artículo 139, que repite la **pena con prisión de 5 a 15 años para quien "facilitare, promoviere o de cualquier modo intermediare**en la perpetración de los delitos previstos en este capítulo; y **suma un agravante para quienes son funcionarios públicos o profesionales** y el "delito se cometiere en el ejercicio de su actividad".

"La pena se fijará dentro del tercio superior de la escala penal y, en todas las conductas de este capítulo, **se le aplicará la accesoria de inhabilitación especial perpetua**, si no resultare un delito más severamente penado", reza el texto.

Para finalizar, se sustituyó el artículo 41 del Código Penal que sostiene que las escalas penales mencionadas podrán "reducirse a las de la tentativa respecto de los partícipes o autores" por una serie de delitos detallados en el mismo artículo.

**El consenso para la nueva redacción llegó luego de que fueran citados, antes del receso invernal de la Cámara baja, el presidente de la Cámara Federal Penal, Mariano Borinsky, y especialistas en la temática**para limar las diferencias y encauzar la iniciativa de la senadora radical Carolina Losada.

Además de Borinsky, expusieron también el juez Ignacio Mahiques, de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y Faltas, y la Defensora Nacional de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, Marisa Graham.

Fuente: NA

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