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title: "El Gobierno presentó el proyecto de ley de juicio en ausencia para delitos graves"
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description: "El Gobierno anunció el envío al Congreso de la Nación del proyecto de ley para implementar el Juicio en Ausencia para graves delitos en el Código Procesal Penal."
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date_published: "2024-07-10T17:00:00-03:00"
date_modified: "2024-07-10T21:52:15-03:00"
tags:
  - "Código Penal"
  - "Javier Milei"
  - "juicio en ausencia"
  - "Patricia Bullrich"
author_name: "Redacción La Nueva Mañana"
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# El Gobierno presentó el proyecto de ley de juicio en ausencia para delitos graves

![Bullrich Télam](/download/multimedia.normal.99a82fa876cd725c.QnVsbHJpY2ggVMOpbGFtX25vcm1hbC53ZWJw.webp)

*Bullrich planteó que la presentación del proyecto responde a "una respuesta del presidente Milei a la sociedad". Foto: gentileza.*

El Gobierno anunció el envío al Congreso de la Nación del proyecto de ley para implementar el**Juicio en Ausencia para graves delitos en el Código Procesal Penal**. Así lo informaron los **ministros Patricia Bullrich (Seguridad) y Mariano Cúneo Libarona (Justicia)**desde el salón Héroes de Malvinas de Casa Rosada.

El titular de Justicia especificó que**“si el imputado no comparece o se fuga, seguirá el juicio sin su presencia con una defensa bien resguardada”**al sostener que “se debe terminar con esa costumbre de los juicios en los cajones y archivos”.

Asimismo, destacó que**la decisión se toma en base al sufrimiento de las víctimas y de la sociedad, y configura una responsabilidad de gobierno.**

A su turno, Bullrich planteó que la presentación del proyecto responde a "una respuesta del presidente Milei a la sociedad argentina que todos los días siente que hay impunidad”.

Según detalló, **el nuevo mecanismo procesal garantizará "la igualdad de toda víctima frente a la Justicia”.**

“Hemos definido para estos casos a los delitos más graves, aquellos que generan una angustia colectiva y un mal a toda la sociedad, como es el financiamiento del terrorismo”, describió la funcionaria y concluyó: “Se trata un cambio muy profundo que pone a nuestro gobierno en la vanguardia en materia penal y criminal”.

### Detalles del proyecto

La letra del proyecto establece la posibilidad de juzgar, **por primera vez, en ausencia a un imputado prófugo de la Justicia. El juicio únicamente se aplicará en los siguientes delitos:**

-Los previstos en los arts. 6, 7, 8 y 8 bis del Estatuto de Roma de La Corte Penal Internacional (Genocidio, Lesa Humanidad, Crímenes de Guerra y Crimen de Agresión).  
-De Desaparición Forzada de Personas previstos en la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.  
-Previstos en la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.  
-De Financiamiento del Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva previsto en el art. 306 el Código Penal.

A los que les fuera aplicable la agravante de terrorismo, prevista en el art. 41 quinquies del Código Penal.

De aprobarse,**si el imputado se diera a la fuga durante el juicio oral, esta instancia continuará con los imputados presentes mientras que el evasor será juzgado en ausencia.**

Luego de haber transcurrido cuatro meses desde su orden de captura, sin que haya podido ser aprendido o en caso de que su extradición haya sido denegada, procederán a enjuiciarlo en ausencia.

Los autores del proyecto aclaran, además, **el juicio se grabará obligatoriamente en ausencia por medios audiovisuales, bajo apercibimiento de declaración de nulidad.**

En caso de que el prófugo se presentara a declarar tendrá derecho a ser oído. Luego de la sentencia, solo podrá solicitar la realización de un nuevo juicio en caso de que no hubiere tomado conocimiento del proceso en su contra o cuando no hubiere concurrido a la citación del tribunal debido a un grave y legítimo impedimento.

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