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title: "El Gobierno incluyó el paquete fiscal y la modificación a Ganancias en un mismo proyecto de ley"
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date_published: "2024-03-14T12:23:00-03:00"
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tags:
  - "Congreso"
  - "Ganancias"
  - "Gobierno de Javier Milei"
  - "paquete fiscal"
author_name: "Redacción La Nueva Mañana"
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# El Gobierno incluyó el paquete fiscal y la modificación a Ganancias en un mismo proyecto de ley

![senado ganancias Twitter](/download/multimedia.normal.ab690c39244bde47.c2VuYWRvIGdhbmFuY2lhcyBUd2l0dGVyX25vcm1hbC53ZWJw.webp)

*La iniciativa sería enviada en las próximas horas al Congreso Nacional. Foto: gentileza.*

El Poder Ejecutivo Nacional incluirá la restitución del Impuesto a las Ganancias para asalariados en el proyecto de ley que contempla una serie de medidas fiscales entre las que **se encuentran un blanqueo, una moratoria, cambios en el impuesto a los Bienes Personales, la modificación del Monotributo y la eliminación del impuesto a las transferencias de inmuebles.**

**La iniciativa sería enviada en las próximas horas al Congreso Nacional bajo el título "Proyecto de Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes".**

En relación a la restitución del Impuesto a las Ganancias, el borrador que comenzó a circular en las próximas horas no ofrece modificaciones en el mínimo no imponible respecto del proyecto presentado en enero pese a que se acumuló un 60% de inflación.

"Un empleado soltero sin hijos comienza a pagar Ganancias a partir de un sueldo bruto de $1.250.000. Esto no es para nada razonable ya que se conoce la inflación de enero y febrero", señaló el tributarista Sebastián Domínguez.

Asimismo,**consideró que "por lo menos, debería ajustarse por esa inflación y que no se tribute hasta un sueldo bruto de $1.700.000".**

En esa línea, sostuvo que "se debe mantener el ajuste por IPC trimestral agregando una cláusula gatillo permanente para que, si se verifica dentro del trimestre un 20% acumulado, se adelante la actualización tanto para deducciones como para tramos de escala".

Respecto a la vigencia, señaló que **"si se aprueba, sería retroactiva al 1° de enero de 2024", lo cual entendió que "no es razonable aunque sea legal porque el periodo fiscal de ganancias sea el año calendario".**

A su vez, Domínguez alertó que "el borrador propone la eliminación de exenciones y deducciones: aguinaldo, horas extras, guardias obligatorias de personal de salud, viáticos y gastos de movilidad".

**"Por otro lado, se eliminaría la disposición que establece que la alícuota de Ganancias no cambia por las horas extras gravadas"**, añadió.

De la misma forma, los demás capítulos tampoco muestran cambios con relación al proyecto original que había sido retirado del Parlamento a fines de enero.

En lo que respecta a la moratoria los contribuyentes podrán acogerse por obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social vencidas hasta el 29 de febrero. También podrán sumarse las multas y planes de pago caídas. El plazo para la adhesión es de 150 días.

**Las deudas en proceso judicial podrán ser incluidas en caso de que el contribuyente desista de realizar reclamos posteriores.**Al ingresar a la moratoria quedan suspendidas las acciones penales tributarias.

**En cuanto al blanqueo, estará abierto hasta el 31 de diciembre de 2024 y el Poder Ejecutivo podrá prorrogarlo hasta el 31 de diciembre de 2025.**

Los que manifiesten ingresar al blanqueo hasta el 31 de julio pagarán una alícuota del 5%, que se elevará al 10% para aquellos que lo hagan entre el 1° de agosto y el 30 de septiembre. La alícuota sube al 15% para quienes lo hagan desde el 1° de octubre hasta el 30 de noviembre.

Se podrán incluir: inmuebles ubicados en Argentina, moneda nacional o extranjera depositada en Argentina, acciones, derechos sobre fideicomisos o cuotas partes de fondos comunes de inversión, títulos y bonos, y créditos de cualquier naturaleza, criptomonedas o criptoactivos, entre otros.

Sobre bienes en el exterior también se podrá sumar moneda extranjera, inmuebles ubicados en el exterior, acciones o participación en sociedades, derechos de beneficiarios, fideicomisos, títulos valores, entre otros.

**En lo que respecta al Monotributo, la norma establece una nueva escala de facturación y del valor de las cuotas de acuerdo a cada categoría**. La categoría más baja arranca con una facturación de $3 millones anuales y un pago de $5.000 por mes.

Fuente: Noticias Argentinas

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