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canonical_url: "https://lmdiario.com.ar/contenido/443839/habra-restriccion-de-circulacion-del-transporte-automotor-de-carga-del-viernes-a"
title: "Habrá restricción de circulación del transporte automotor de carga del viernes al domingo"
article_type: "Article"
description: "Lo informó Policía Caminera, en base a lo dispuesto por la Agencia Nacional de Seguridad Vial. La medida busca prevenir siniestros viales y agilizar el viaje de los vehículos que se trasladen en ambos sentidos por las más de 30 rutas nacionales."
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date_published: "2024-02-22T21:10:00-03:00"
date_modified: "2024-02-22T22:08:23-03:00"
tags:
  - "Dirección General de Policía Caminera"
  - "restricción a la circulación de camiones"
author_name: "Redacción La Nueva Mañana"
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category_name: "Córdoba"
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category_description: "Noticias generales y de actualidad de la Provincia de Córdoba, República Argentina. Clasificadas en sub secciones de política, economía, sociedad y judiciales,"
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# Habrá restricción de circulación del transporte automotor de carga del viernes al domingo

![Camión  by Infocampo](/download/multimedia.normal.a65e389cabaad670.Q2FtacOzbiAgYnkgSW5mb2NhbXBvX25vcm1hbC53ZWJw.webp)

*La restricción regirá los días viernes 23, sábado 24 y domingo 25 de febrero. Foto: gentileza Infocampo*

La Dirección General de **Policía Caminera** informó que los días **viernes 23, sábado 24 y domingo 25 de febrero**, se establecerá una **restricción en la circulación de vehículos de transporte automotor de cargas.**

La medida obedece a la Disposición 20/24, dictada por la **Agencia Nacional de Seguridad Vial**, la cual regirá para las rutas nacionales que atraviesan la provincia de Córdoba 7, 8, 20, 35, 38, 158, 9 (desde Villa del Totoral hasta La Quiaca) y 19 (desde San Francisco hasta Córdoba).

También se indicó que quedan excluidos de la restricción, entre otros, los vehículos de transporte de leche cruda y sus derivados; de transporte de animales vivos; de transporte de productos frutihortícolas en tránsito; de transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales; de atención de emergencias; de asistencias de vehículos averiados o accidentados en el lugar del suceso o en el trasladado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío; de cisterna de trasladado de combustibles y de gas natural comprimido; de transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitaria domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transporta a dichos destinos; de transporte de medicinas; de transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos; de transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial y de transporte de sebo, hueso y cueros.

## Cronograma de las restricciones

-El viernes 23 de febrero de 2024 desde las dieciocho horas (18:00) hasta las veinte horas con cincuenta y nueve minutos (20:59).

-El sábado 24 de febrero de 2024 desde las siete horas (07:00) hasta las nueve horas con cincuenta y nueve minutos (09:59).

-El domingo 25 de febrero de 2024 desde las dieciocho horas (18:00) hasta las veinte horas con cincuenta y nueve minutos (20:59).

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