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title: "Comenzó la veda, que prohíbe actos públicos, proselitismo y difusión de encuestas"
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description: "Desde las 8, está prohibida la actividad de campaña de Sergio Massa y Javier Milei para el balotaje que este domingo definirá al nuevo presidente."
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  - "Balotaje 2023"
  - "Elecciones 2023"
  - "Javier Milei"
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  - "Veda electoral"
author_name: "Redacción La Nueva Mañana"
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category_name: "Política"
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# Comenzó la veda, que prohíbe actos públicos, proselitismo y difusión de encuestas

![Elecciones 2023](/download/multimedia.normal.92f7cbe3f4433951.RWxlY2Npb25lcyAyMDIzX25vcm1hbC53ZWJw.webp)

*"Quiénes no cumplan con la veda se ven expuestas a posibles denuncias o sanciones", indica la ley. Foto: gentileza*

Las campañas y publicidades electorales de**Sergio Massa** (Unión por la Patria) y **Javier Milei** (La Libertad Avanza) -los dos candidatos presidenciales que competirán este domingo en el balotaje que definirá quién será el próximo Presidente del país- concluyeron este viernes a las 8, a 48 horas del inicio de los comicios que se desarrollarán en todo el país.

**La veda electoral contempla la prohibición de realizar actos públicos, proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales**, según establece la legislación.

El Código Electoral indica que el día del balotaje está prohibido publicar y difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de las elecciones entre las 8 y las 21, es decir durante la realización de los comicios y hasta 3 horas después de su cierre.

El artículo 71 del Código Electoral ordena que la veda electoral "debe comenzar a regir 48 horas antes de la apertura de los comicios y finalizará tres horas después de terminar la jornada electoral".

"**Quiénes no cumplan con la veda se ven expuestas a posibles denuncias o sanciones, siempre y cuando se compruebe la violación del Código Electoral**", sostiene la normativa.

Entre las actividades abarcadas por la veda se encuentra la **prohibición de realizar actos de campañas**por parte de los candidatos presidenciales.

También está **prohibida la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 20 del sábado y hasta las 21 del domingo**.

Según lo establece el artículo 140, la pena prevista para quien "con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo" va desde los 2 meses a los 2 años de cárcel, mientras que a quien "utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio tendrá hasta 3 años de presión".

Por su parte, **a los ciudadanos se les podrá cobrar una multa comprendida de entre $10 mil y $100 mil si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios** en los medios de comunicación.

La misma sanción será aplicada a aquellas personas que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.

En tanto, **si los candidatos no cumplen con la veda podrán perder el derecho a recibir contribuciones, subsidios y recursos de financiamiento público anual**por un plazo que oscila entre uno y cuatro años.

También dejarán de percibir, según la norma, fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.

Fuente: Télam

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