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title: "AFIP suspende hasta fin de año la baja de monotributistas por falta de pago"
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description: "La Administración Federal reglamentó la suspensión de la exclusión y la baja automática a aquellos monotributistas que adeuden pagos del impuesto."
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  - "AFIP"
  - "Monotributo"
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category_name: "Economía"
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# AFIP suspende hasta fin de año la baja de monotributistas por falta de pago

![Monotributo by Télam](/download/multimedia.normal.99884453c55285e8.TW9ub3RyaWJ1dG8gYnkgVMOpbGFtX25vcm1hbC53ZWJw.webp)

*La medida se dispuso a través de la resolución general 5421/2023, publicada este lunes en el Boletín Oficial. Foto: Télam*

La**Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)**reglamentó la suspensión hasta fin de año de **la exclusión y la baja automática del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes**a aquellos monotributistas que adeuden pagos del impuesto integrado o de las cotizaciones previsionales.

La medida se dispuso a través de la resolución general 5421/2023, publicada este lunes en el Boletín Oficial, que reglamenta la resolución 1416/2023 del Ministerio de Economía, anunciada el 22 de septiembre por el titular de la cartera y candidato presidencial de Unión por la Patria (UxP), Sergio Massa.

En una presentación realizada en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, **Massa dio a conocer una serie de medidas para autónomos y monotributist**as, entre las que figuraban la resolución que, en el inciso "e" del primer artículo, suspende hasta el 31 de diciembre el procedimiento para aplicar la exclusión del régimen de monotributo y el mecanismo de baja automática.

En el decreto 1/2010 se estableció que la AFIP "podrá disponer, ante la falta de ingreso del impuesto integrado y de las cotizaciones previsionales fijas, por un período de 10 meses consecutivos, la baja automática de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes".

**Entre otras de las medidas anunciadas el jueves de la semana pasada por Massa, se destacan la actualización de la escala de retención de los profesionales autónomos que pasará a un mínimo no imponible de $ 160.000,** la suspensión de exclusiones a monotributistas que superen la escala de la máxima categoría de servicios y un plan de pagos para que las pymes regularicen sus deudas de hasta 120 cuotas mensuales con un interés mensual del 4,14%.

Fuente: Télam

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