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title: "Suma fija: postergan vencimientos para el pago de contribuciones patronales"
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  - "Suma fija"
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# Suma fija: postergan vencimientos para el pago de contribuciones patronales

![Afip](/download/multimedia.normal.8489c9e4d5e60679.416669705f6e6f726d616c2e77656270.webp)

*Las nuevas fechas aplican al período devengado agosto de 2023, a raíz del pago de la suma fija a empleados. Foto: archivo*

La **AFIP**estableció nuevas fechas de vencimiento para la presentación y el pago de las declaraciones juradas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondientes al período devengado agosto de 2023, a raíz del pago de la **suma fija** a empleados.

Según la Resolución General 5416/2023, publicada este lunes en el Boletín Oficial, las obligaciones de los empleadores comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), referidas a la presentación y, en su caso, al pago de las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social de agosto, con vencimientos fijados entre el 11 y el 13 de septiembre de 2023, ambos inclusive, **se considerarán cumplidas en término siempre que se efectivicen hasta las siguientes fechas:**  
  
**Terminación de Cuit y fecha de vencimiento**

0, 1, 2 y 3 13/09/2023.  
 4, 5 y 6 14/09/2023.  
 7, 8 y 9 15/09/2023.

La AFIP recordó que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 438 del 30 de agosto**, se estableció una asignación no remunerativa de $60.000 para los trabajadores que cumplan tareas en relación de dependencia en el ámbito privado y público,** en dos cuotas de $30.000 a abonarse con los salarios de agosto y septiembre.

Ese bono alcanza solo a los trabajadores que perciban sueldos netos de hasta $400.000,incluyendo conceptos remunerativos y no remunerativos, monto que podrá ser absorbida en concepto de aumentos salariales.

Ahora, el organismo resaltó que "para una adecuada instrumentación y compatibilización de las medidas dispuestas, se estima conveniente disponer una nueva fecha de vencimiento para la presentación y, en su caso, el pago de las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondientes al período devengado agosto de 2023".

Fuente: NA

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