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# Rige el aumento del 36% para personal de casas particulares

![trabajo doméstico](/download/multimedia.normal.b2b6ae34aa41430a.74726162616a6f20646f6dc3a9737469636f5f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*El aumento aplica para el trimestre julio-septiembre, que había sido acordado en paritarias el 25 de julio último. Foto: archivo*

**El Gobierno nacional oficializó este lunes la suba del 36% en los ingresos del personal de casas particulares para el trimestre julio-septiembre**, que había sido acordado en paritarias el 25 de julio último.

A través de la Resolución 4/2023, publicada en el Boletín Oficial, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares rubricó **la suba, que será de un 20% este mes, del 8% en agosto y de otro tanto en septiembre, lo que totaliza un incremento del 36%.**

La reunión paritaria del 25 de julio último había sido convocada por la ministra de Trabajo, Raquel Olmos, según lo dispuesto por la Resolución 3/23 publicada en el Boletín Oficial.

La Ley 26.844 determina que la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares es "el órgano normativo de ese sector laboral y se integra por representantes de los trabajadores, de los empleadores y de las carteras de Economía, Desarrollo Social y Trabajo, que ejerce su presidencia".

Así, las escalas salariales a percibir en agosto (con los ingresos de julio) quedaron definidas con los siguientes valores:

**Supervisor** (coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo): Personal con retiro, $1.125 por hora y $140.359,5 mensual: Personal sin retiro, $1.232 por hora y $156.344,5 mensual.

**Personal para tareas específicas**(cocineros/as contratados en forma exclusiva y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo): Personal con retiro, $1.065 por hora y $130.402 mensual; Personal sin retiro, $1.168 por hora y $145.159,5 mensual.

**Caseros** (tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo): por hora, $1.006; por mes, $127.228.

**Asistencia y cuidado de personas:**(asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores): Personal con retiro, $1.006 por hora y $127.228 mensual; Personal sin retiro, $1.125 por hora y $141.782 mensual.

**Personal para tareas generales** (limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar): Personal con retiro, $932,5 por hora y $114.415 mensual; Personal sin retiro, $1.006 por hora y $127.228 mensual.

De acuerdo con la Resolución,**se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías,** para el personal que preste tareas en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego o en el partido de Patagones en provincia de Buenos Aires.

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