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# Femicidio de Lucía Pérez: Matías Farías fue condenado a prisión perpetua

![matías farías - femicidio lucía](/download/multimedia.normal.8cf9d2c711658891.576861747341707020496d61676520323032332d30332d32332061742031352e5f6e6f726d616c2e77656270.webp)

*Matías Farías (29), condenado por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado, venta de drogas y femicidio. Foto: gentileza.*

El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de Mar del Plata condenó este jueves a prisión perpetua a**Matías Farías** (29) por los **delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado, venta de drogas y femicidio** de **Lucía Pérez,** ocurrido el 8 de octubre de 2016 en esa ciudad balnearia.

Los jueces **Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone** condenaron además a 8 años de prisión a**Juan Pablo Offidani** (29) por considerarlo partícipe secundario en el abuso sexual y el femicidio.

Farías y Offidani fueron condenados por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida, por el suministro de estupefacientes y en concurso ideal con femicidio”.

En el caso de Farías, tanto la acusación fiscal como las representantes de la familia de la adolescente coincidían en que debía ser condenado a prisión perpetua, en calidad de autor.

![Lucía Pérez](http://lmdiario.com.ar/download/multimedia.normal.b9b7a3995e505203.4c7563c3ad612050c3a972657a5f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

**Offidani, en tanto, fue acusado por el fiscal Leandro Arévalo de actuar como “partícipe secundario”, por lo que pidió que sea sentenciado a 20 años de cárcel**, mientras que las abogadas Verónica Heredia y María Florencia Piermarini, en su condición de particular damnificado, consideraron que su participación fue “necesaria” y por lo tanto debía recibir también la pena máxima.

Las defensas de ambos, en tanto, habían rechazado la imputación y entendido que en el juicio desarrollado entre el 7 y el 28 de febrero no pudo probarse el delito imputado, por lo que habían pedido que fueran absueltos.

El fallo se dio a conocer en el sexto piso de los tribunales marplatenses y fue transmitido también por el canal de YouTube de la Dirección de Comunicación y Prensa de la Suprema Corte bonaerense, tal como ocurrió con la apertura del juicio y los alegatos de las partes.

Los acusados no estuvieron presentes y siguieron la audiencia de manera remota desde sus lugares de detención, tal como ocurrió en el resto del proceso oral: **Farías desde la Unidad Penal de Florencio Varela, y Offidani, desde la Unidad Penal de Batán.**

### **El femicidio de Lucía**

De acuerdo con la instrucción de la causa, **Lucía había conocido a ambos acusados un día antes de su muerte**, cuando se acercaron a la Escuela Media 3 local a venderle un cigarrillo de marihuana.

Según se acreditó,**en la tarde del 8 de octubre de 2016 la menor de edad fue llevada a una sala de salud de la zona sur de la ciudad, a donde llegó sin vida**, luego de pasar la mañana en la casa de Farías, en Racedo al 4.800, en el barrio Alfar.

Peritos que declararon en el juicio señalaron que **la principal hipótesis sobre la causa de su muerte apunta a una falla cardíaca vinculada al consumo de cocaína**, y señalaron que, si bien no era posible descartarlo, no se hallaron signos de un abuso sexual.

Durante el primer juicio por el caso, en noviembre de 2018, Farías y Offidani fueron condenados a ocho años de prisión por los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale, del TOC 1, pero solo por la venta de drogas en la puerta de la escuela, y fueron absueltos del resto de los cargos.

En agosto de 2020, la Sala IV del Tribunal de Casación bonaerense revocó esas absoluciones, dispuso la “nulidad” del juicio y ordenó la realización de uno nuevo, resolución que fue confirmada un año más tarde por la Corte provincial.

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