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title: "\"El caso Dalmaso fue un claro femicidio cuyo móvil fue el odio de género\""
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description: "La coordinadora de Mumalá Córdoba, Betiana Cabrera Fasiolis, y la referente de la Red Par, Pate Palero, analizan las razones por las que este crimen nunca fue tratado como femicidio."
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date_published: "2022-03-15T11:01:00-03:00"
date_modified: "2022-03-15T11:18:54-03:00"
tags:
  - "Betiana Cabrera Fasolis"
  - "Femicidio"
  - "femicidio de Nora Dalmasso"
  - "Juicio por crimen de Nora Dalmasso"
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category_description: "Noticias generales y de actualidad de la Provincia de Córdoba, República Argentina. Clasificadas en sub secciones de política, economía, sociedad y judiciales,"
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# "El caso Dalmaso fue un claro femicidio cuyo móvil fue el odio de género"

![Nora Dalmasso](/download/multimedia.normal.9e4e215ac08e746d.4e6f72612044616c6d6173736f5f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*Nora Dalmasso fue asesinada en 2006, previo a introducirse la figura del femicidio en el Código Penal. Foto: gentileza.*

En la Cámara del Crimen N°1 de Río Cuarto comenzó a juzgarse este lunes al **viudo de Nora Dalmasso como autor intelectual de un “homicidio calificado por el vínculo, por alevosía y precio o promesa remuneratoria”.**

Sin embargo, el caso nunca fue tratado judiciamente **como un femicidio por ninguno de los cinco fiscales que investigaron el caso en los últimos 15 años.**

El femicidio es un agravante del delito de homicidio que surgió tras ser sancionada en 2012 la ley 26.791, la cual modificaba el artículo 80 del Código Penal y que introdujo esa figura jurídica en aquello casos donde medie la violencia de género. La Ley expresa lo siguiente:

*“ARTICULO 1° Sustituyense los incisos 1º y 4º del artículo 80 del Código Penal que quedarán redactados de la siguiente forma:*  
*Artículo 80: Se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare: 1º. A su ascendiente, descendiente, conyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia. 4°. Por placer, codicia, odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión.*  
*ARTICULO 2° Incorpóranse como incisos 11 y 12 del artículo 80 del Código Penal los siguientes textos: Inc. 11: A una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género. Inc. 12: Con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación en los términos del inciso 1º”.*

**Nora Dalmasso fue asesinada el 26 de noviembre de 2006,**es decir, el crimen sucedió previo a que se incorporaran las modificaciones en el Código Penal. Es por ese motivo que jurídicamente se juzga al imputado por "homicidio agravado por el vínculo y por alevosía".

De hecho, la primera sentencia firme por femicidio en Argentina data del año 2015 y sentó un importante  
precedente judicial. Por ese entonces, la Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia a cadena perpetua para un femicida en el homicidio de **María Rita Valdez, de 21 años, ocurrido en Catamarca en 2013.**

Allí, la expareja, madre de dos de sus hijos también era explotada sexualmente por su victimario. La Cámara Penal, por unanimidad, condenó a**Francisco Andrés Quiroga, de 53 años,** a reclusión perpetua en el marco del artículo 80, inciso 11, del Código Penal argentino.

### Femicidio, a pesar de todo

**La Nueva Mañana** consultó a la **coordinadora de Mumalá Córdoba, Betiana Cabrera Fasiolis,** y a la **referente de la Red Par y la directora ejecutiva de Católicas por el Derecho a Decidir Argentina, Pate Palero,**sobre si el caso Dalmasso debería hoy ser juzgado como **femicidio**, más allá que haya medios como el nuestro, que bajo una perspectiva de género, así se lo consideren.

Según **Betiana Cabrera Fasiolis,**la respuesta no tiene dudas: “Por supuesto que sí. La mayoría de los países adoptaron el femicidio en sus normativas post 2010, pero ya era un concepto que el feminismo trabajaba fuertemente”, recordó.

**“Más allá de que cuando media la violencia de género y sexual, siempre LA PRIMERA hipótesis en caso de muertes violentas de mujeres es el femicidio.** En el caso de Nora Dalmasso, **no hay indicios de robo ni nada por el estilo**. Así que, por lo menos, **para el feminismo este es un claro femicidio. Aún si fue asesinada por encargo,** por su marido, su ex, o quien fuera”, consideró.

“**El móvil tiene que ver con el odio de género.**Si no fuese así, **no hubiesen mostrado su cuerpo así y no se hubiesen encarnizado tanto mediáticamente”,**dijo Cabrera Fasiolis.

¿Fue el caso de Nora Dalmasso o el de María Marta García Belsunce (2002) el que dio el puntapié inicial para el cambio de paradigma que llevó a introducir en el Código Penal este agravante en los casos de homicio?

Según la referente de Mumamá Córdoba, en la memoria social el femicidio se asoció tras el caso de **María Soledad Morales**en Catamarca en 1990, y hasta con el de **Alicia Muñiz**, asesinada por el boxeador Carlos Monzón, en 1988. “**Estos fueron los antecedentes más claros para el cambio jurídico que introdujo la figura del femicidio**. Los casos Dalmasso o el de García Belsunse son controversiales, pero creo que lo son porque están muy vinculados al poder”, reflexionó.

Por su parte, para la integrante de la Red Par y directora ejecutiva de Católicas por el Derecho a Decidir Argentina, Pate Palero, “**el caso Dalmasso tiene un montón de elementos que desconocemos, que nunca se analizaron ni investigaron; pero de lo único que estamos seguras es que se trató de un femicidio”**.

“Por ese entonces (2006), **ni los medios ni la ley reconocían el término**que fue acuñado por feministas americanas en los años sesenta y que luego recuperó para Latinoamérica Marcela Lagarde, antropóloga y feminista mexicana, que fue la creadora del término femicidio (también el de sororidad) **tratando de ponerle nombre al concepto de la violencia contra la mujer**”, aseveró Palero.

“Para nosotras, como movimiento, el de Nora Dalmasso siempre fue **un asesinato basado en un patrón patriarcal y misógino, según el cual las mujeres son descartables y propiedades de un varón**. También me parece muy interesante ver, desde ese marco, **cómo la prensa no sólo se resistió a normar el crimen así, sino que también ejerció todo tipo de violencia simbólica**; cómo se refirió a esta mujer, primero con este apodo de ´**Norita**´, además de estar permanentemente refiriéndose a su intimidad, **exponiendo y juzgando su comportamiento, y cosificándola** en la mayoría de los casos como si fuera una mercancía que se vendía en imágenes”, subrayó Pate Palero.

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