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title: "Sequías e incendios: relajan medidas sanitarias para la producción ganadera"
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  - "incendios en Corrientes"
  - "Senasa"
  - "Sequía"
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# Sequías e incendios: relajan medidas sanitarias para la producción ganadera

![incendios corrientes](/download/multimedia.normal.8f352c56c259ce19.696e63656e64696f7320636f727269656e7465735f6e6f726d616c2e77656270.webp)

*"Resulta pertinente adecuar las medidas en materia de prevención sanitaria y de movimientos de animales de producción y abastecimiento", indicaron desde el Senasa (Foto Gentileza)*

El Gobierno Nacional, a través del **Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), flexibilizó las exigencias sanitarias para el movimiento de animales y las certificaciones sanitarias relacionadas con la sanidad animal, en las provincias afectadas por sequías e incendios**: Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Misiones y Santa Fe.

A través de la Resolución 134/2022, el organismo aprobó medidas excepcionales para las zonas, departamentos o partidos afectados por sequías y/o incendios de aquellas jurisdicciones.

Para el Senasa, **las sequías y los incendios "generan dificultades operativas para la implementación de las exigencias sanitarias para el movimiento de animales, certificaciones y habilitaciones**sanitarias relacionadas con la sanidad animal".

Además, consideró que con relación a las eventualidades emergenciales que comprometen el bienestar y la salud animal, **"resulta pertinente adecuar las medidas en materia de prevención sanitaria y de movimientos de animales de producción y abastecimiento"**.

Entre otras medidas, el Poder Ejecutivo dispuso que **los movimientos impostergables de animales que deban realizarse de manera inminente como consecuencia de los incendios forestales o la sequía en las provincias afectadas al presente régimen, podrán realizarse hasta el 31 de mayo de 2022, de conformidad con una serie de pautas**.

Por caso, con respecto a la **fiebre aftosa, se permitirá el egreso de las categorías terneras y terneros con una sola dosis de vacunación**, por lo que se exceptúa del cumplimiento de "al menos dos" vacunaciones a todo movimiento de bovinos y/o bubalinos de estas categorías que se realice previo al inicio de la primera campaña de vacunación 2022.

Por otra parte, **se prorrogó hasta el 31 de mayo próximo los períodos de validez de las pruebas diagnósticas requeridas para mantener o recertificar la condición de establecimiento libre en las provincias afectadas**.

Asimismo, **se prorrogó también hasta el 31 de mayo la rehabilitación de los locales destinados a predios feriales, mercados concentradores y todo otro lugar de concentración de animales ubicados en los territorios de las provincias afectadas**.

Fuente: NA

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