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  - "AFIP"
  - "Impuestos a las Ganancias"
category_name: "Economía"
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# AFIP actualizó el piso de los salarios para el pago de ganancias a $225.937

![Afip Télam](/download/multimedia.normal.b5046fdb1940fa99.416669702054c3a96c616d5f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*El aumento en las remuneraciones alcanzadas por el impuesto a las Ganancias también se da para los salarios mensuales de entre $ 225.937 y $ 260.580 brutos. Foto: archivo*

**La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó el piso para el pago del impuesto a las Ganancias para salarios superiores a los 225.937 pesos,** lo que significó una suba del 29,1% respecto al último incremento a partir del cual se paga la alícuota.

Si se toma el plafón de $ 150.000 establecido en la ley 27.617 para comenzar a contribuir, el incremento fue superior al 50%.

**El aumento en las remuneraciones alcanzadas por el impuesto a las Ganancias también se da para los salarios mensuales de entre $ 225.937 y $ 260.580 brutos.**

La medida también exime del pago del Sueldo Anual Complementario a las trabajadoras y los trabajadores cuya remuneración promedio mensual del primer semestre no supere los $ 225.937.

"Con el objetivo de fortalecer el proceso de recuperación del poder de compra los trabajadores,**en 2021 el nivel de salario a partir del cual se paga el Impuesto a las Ganancias se incrementó en dos oportunidades", marcó el organismo público.**

La primera fue cuando pasó a $ 150.000 brutos en junio de acuerdo a lo establecido por la Ley 27.617, mientras que la segunda fue un adelanto a cuenta del incremento anual que llevó el valor a $ 175.000 en septiembre.

**El Decreto 620/2021 detalló que anticipaba de manera parcial la actualización anual, por eso el cálculo de enero se realiza con relación al valor inicial de $ 150.000.**

Con la aplicación del 50,62% que surge del índice Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) que elabora el Ministerio de Trabajo, se actualiza también el mínimo no imponible, que quedó en 2022 en $ 252.564,84 por año.

A su vez, la deducción por cónyuge pasará a $ 235.457,25 mientras que por hijo es de $ 118.741,97 y llegará a $ 237.483,94 en el caso de los hijos incapacitados para el trabajo.

Fuente: Télam

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