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title: "El municipio reglamentó el trabajo comunitario como reemplazo de multas"
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description: "La Municipalidad de Córdoba aclaró que para poder acogerse a esta modalidad, los infractores deberán presentar pruebas de que se encuentran en graves dificultades socio-económica."
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# El municipio reglamentó el trabajo comunitario como reemplazo de multas

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*La medida se publicó este lunes en la Resolución Número 02K publicada en el Boletín Oficial del municipio. Foto: @leoguevara80*

**A través de una Resolución, la Municipalidad de Córdoba resolvió que los infractores del Código de Convivencia puedan realizar trabajo comunitario o capacitaciones**en lugar de pagar una multa económica.

La medida se publicó este lunes en la Resolución Número 02K publicada en el Boletín Oficial del municipio, donde se establece que**el Juzgado de Faltas podrá sustituir la sanción de multa por la capacitación y el trabajo comunitario o aplicarla de manera complementaria.**

"La Capacitación y el Trabajo Comunitario deben aportar al bien común de la Ciudad, permitiendo tomar conciencia y la consiguiente corrección de la conducta por parte de los infractores", indica la Resolución y agrega que**la ejecución puede realizarse en instituciones privadas de bien público**, y "también se debe considerar que existen diferentes servicios y programas en el Estado municipal en los que se pueden realizar la capacitación y el trabajo comunitario cuando así lo determine el Juzgado de Faltas".

**Para poder acogerse a esta modalidad, los infractores deberán presentar pruebas de que se encuentran en graves dificultades socio-económica**. En caso que el infractor sea una persona jurídica, las máximas autoridades, socios, directivos e integrantes de la comisión deberán realizar las tareas.

Dichas tareas comunitarias o capacitaciones podrán realizarse en dependencias municipales o instituciones privadas de bien público. Según la resolución,**tres horas de trabajo equivalen a una Unidad Económica de Multa (UEM). Al 15 de junio de 2021, el valor de la UEM es de 792 pesos.**

Por organizar fiestas clandestinas, las sanciones serán de 540 (180 UEM) a 2700 horas (900 UEM) de trabajo comunitario.

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