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title: "Caso Lucía Pérez: confirman que deberá realizarse un nuevo juicio oral"
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description: "La Suprema Corte bonaerense ratificó el fallo de la Sala Cuarta del Tribunal de Casación Penal que anuló la primera sentencia, la cual que descartaba la figura del femicidio."
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date_published: "2021-05-13T12:24:00-03:00"
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tags:
  - "Lucía Pérez"
category_name: "País"
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category_description: "Noticias y sucesos nacionales de la República Argentina"
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# Caso Lucía Pérez: confirman que deberá realizarse un nuevo juicio oral

![Lucía Pérez](/download/multimedia.normal.b9b7a3995e505203.4c7563c3ad612050c3a972657a5f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*Por la muerte de Lucía Pérez en 2016 fueron condenadas dos personas solo por el delito de suministro de drogas. Foto: archivo.*

La Suprema Corte bonaerense ratificó la realización de un**nuevo juicio oral por la muerte de la adolescente Lucía Pérez** en 2016, por el que fueron **condenadas dos personas por suministro de drogas pero se descartó la figura del femicidio.**

**El máximo tribunal provincial rechazó los recursos de las defensas de los dos condenados por drogas a ocho años de prisión por supuesta violación al principio "ne bis in ídem"**(nadie puede ser perseguido judicialmente dos veces por el mismo delito).

Los hechos ocurrieron el 8 de octubre de 2016, **cuando Juan Pablo Offidani y Matías Gabriel Farías, acusados de narcotráfico, llevaron a Lucía Pérez hasta una casa en Mar del Plata donde la joven se descompensó supuestamente por el consumo de estupefacientes en un contexto de relaciones sexuales** y murió poco después en un centro médico de la región.

En noviembre de 2018, el Tribunal Criminal número uno de Mar del Plata condenó a Farías y a Offidani por **"tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y en inmediaciones de un establecimiento educativo".**

Pero los **absolvió por el delito de abuso sexual y ni siquiera contempló la posibilidad del femicidio**mientras que el fallo consideró que **"la acusación no pudo probar que hubiera existido" la agresión sexual.**

Sin embargo, la Sala Cuarta del Tribunal de Casación Penal bonaerense resolvió el 12 de agosto de 2020 **anular la sentencia y ordenó "la realización de un nuevo juicio y el dictado de un nuevo fallo".**

Las defensas de Farías y Offidani apelaron esa decisión, pero este jueves**el máximo tribunal bonaerense coincidió en que debe realizarse un nuevo proceso porque en el anterior existió "afectación de garantía de imparcialidad en atención a estereotipos de género discriminatorios".**

Los jueces**Luis Genoud, Hilda Kogan, Sergio Torres y Daniel Soria**sostuvieron que "el juzgar con perspectiva de género propende a garantizar el ejercicio de los derechos de las mujeres,**la igualdad de género y una tutela judicial efectiva, evitando la reproducción de estereotipos que dan por supuesto el modo en que deben comportarse las personas en función de su sexo o género".**

Fuente: NA

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