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title: "Reglamentan la ley de aporte solidario  y extraordinario de las grandes fortunas"
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description: "La legislación establece un aporte por única vez de una tasa del 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado Bienes Personales por más de $200 millones."
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  - "Aporte Solidario y Extraordinario"
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# Reglamentan la ley de aporte solidario  y extraordinario de las grandes fortunas

![Diputados 2 by @DiputadosAR](/download/multimedia.normal.9b3444d3851131eb.446970757461646f7320322062792040446970757461646f7341525f6e6f726d616c2e6a706567.jpeg)

*Alrededor de 12.000 contribuyentes argentinos realizarán el aporte solidario y extraordinario. Foto archivo: @DiputadosAR*

**El Gobierno reglamentó la ley de Aporte Solidario y Extraordinario para morigerar los efectos de la pandemia (ley 27605/2020) -conocida también como aporte de las grandes fortunas- y sus detalles se conocieron al publicarse la edición del Boletín Oficial correspondiente al viernes 29 de enero.**

La reglamentación se concretó a través del decreto 42/2021, tiene 12 artículos y lleva la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Economía, Martín Guzmán.

La ley 27605, que se sancionó en el Congreso el 4 de diciembre último y se promulgó el 18 del mismo mes, **establece un aporte por única vez de una tasa del 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado en el impuesto a las Bienes Personales más de 200 millones de pesos** (aunque la tasa va subiendo según el patrimonio) .

La norma, en ese aspecto, establece que la tasa a cobrar se irá elevando según el rango de fortuna que se haya declarado: será del 2,25% para quienes se encuentren entre los $300 y los $400 millones, del 2,50% para aquellos que tengan entre $400 y $600 millones, y del 2,75%, para aquellos patrimonios entre $600 y $800 millones.

**El aporte subirá hasta el 3% en el caso de las fortunas entre los $800 y $1.500 millones y se extenderá hasta el 3,25% para quienes tengan entre $1.500 y 3.000 millones.**Por último**, a quienes tengan bienes que superen este último valor se les cobrará un 3,5%.**

**De esta manera, estarían obligados a pagar alrededor de 12.000 contribuyentes.**

Además, la ley 27605 determina específicamente cuál será el destino de los fondos recaudados, que serán distribuidos, a saber: en un 25% a exploración, desarrollo y producción de gas natural; otro 20% a adquirir equipamientos de salud para enfrentar la pandemia; un 20% a apoyar a empresas Pymes; un 20% para financiar el relanzamiento de las becas Progresar creadas para apoyar a jóvenes estudiantes, mientras que el 15% restante se utilizará para la urbanización de barrios populares mediante cooperativas organizadas por los vecinos de cada barrio.

La ley de Aporte Solidario y Extraordinario fue pensada para que el fisco sume una contribución adicional de las personas físicas con mayor capacidad económica en un contexto de emergencia, como la pandemia global de Covid-19.

**La iniciativa surgió de una serie de ideas y propuestas que se fueron ajustando y que sobre todo fueron impulsadas por el titular de la comisión de Presupuesto de la Cámara Baja, Carlos Heller (FdT-CABA), y el jefe del bloque del FdT en Diputados, Máximo Kirchner,** quienes se convirtieron en las caras públicas del proyecto.

La reglamentación que se conoció con la publicación en el Boletín Oficial, a las 0 horas de este viernes 29 de enero,**fija precisiones para calcular el rango de fortuna de aquellas personas que poseen acciones o participaciones en empresas, permitiéndoles, por ejemplo, descontar deudas o pasivos de las empresas a la fecha del 18 de diciembre de 2020.**

Otro de los puntos de la reglamentación está referido a la excepción para las llamadas "actividades operativas" ligadas a lo productivo y no a la valorización de activos financieros: el decreto precisa que las actividades cuyos ingresos no provengan en un porcentaje superior al 50% de rentas pasivas no podrán definirse como "activos financieros".

**El decreto 42/2021 faculta por otro lado a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que se encargue de "instrumentar los regímenes de información a los fines de recabar datos"** y evitar así las operaciones de evasión impositiva.

En ese sentido, al sancionarse y promulgarse la norma, algunos empresarios con grandes patrimonios que quedarán en la base imponible de esta aporte por única vez amenazaron con iniciar una rebelión fiscal contra una ley que a pesar de despertar mucha aprobación en las encuestas fue al mismo tiempo muy atacada desde ciertos medios de comunicación.

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Es ley en Argentina el Aporte Solidario y Extraordinario a las grandes fortunas

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