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title: "Con un acto en la Rosada, promulgarán la ley de aborto que regirá en el país"
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description: "La ley aprobada en una histórica sesión, el pasado 30 de diciembre, quedará promulgada en una ceremonia a partir de las 18.30, encabezada por el Presidente y referentes feministas."
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  - "Aborto Legal"
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  - "Casa Rosada"
  - "Proyecto de ley Interrupción Voluntaria del Embara"
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category_description: "Noticias y sucesos nacionales de la República Argentina"
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# Con un acto en la Rosada, promulgarán la ley de aborto que regirá en el país

![Aborto legal 2 by na](/download/multimedia.normal.906180fbd16f2b2a.41626f72746f206c6567616c2032206279206e615f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*El acto reunirá a referentes de los colectivos que reclamaron durante años la legalización y despenalización del aborto. Foto: NA*

**La ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) quedará promulgada este jueves en un acto que encabezará el presidente Alberto Fernández en la Casa Rosada,**con el que el Gobierno buscará resaltar el peso histórico de una norma que amplía los derechos de las mujeres y personas gestantes, garantiza su atención en el sistema de salud y pone fin a una legislación vigente desde 1921.

**La ceremonia, prevista para las 18.30 en el Museo del Bicentenario, en Buenos Aires, reunirá a referentes de los colectivos que reclamaron durante años la legalización y despenalización del aborto**, legisladores nacionales y a la mayoría de los funcionarios del Gabinete nacional.

Impulsada por el Presidente, [la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) fue convertida en ley por el Senado el 30 de diciembre pasado](http://lmdiario.com.ar/contenido/266872/con-nuevas-definiciones-el-proyecto-de-ive-se-encamina-a-convertirse-en-ley)**, con el voto favorable de 39 legisladores y el rechazo de otros 29.**

Ese día, Argentina se convirtió en uno de los primeros países de América Latina en disponer de una legislación de este tipo y **se sumó a una lista de 66 naciones que permiten el aborto**, mayoritariamente ubicadas en el hemisferio norte.

En el acto de esta jornada,**el jefe de Estado también promulgará la Ley Nacional de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia** -conocida como el Plan de los 1.000 días- que recibió un apoyo unánime en el Senado cuando la sancionó, también el 30 de diciembre último, poco después de haber votado el aborto legal.

**Hasta ese día Argentina contaba con una ley casi centenaria que exponía a las mujeres que acudían al aborto a una condena de cárcel** y sólo permitía la interrupción de los embarazos en casos de violación o de riesgo para la vida de la persona gestante.

**Ahora, las mujeres podrán interrumpir un embarazo hasta la semana 14 sin temor a ser penalizadas**y el sistema de salud pública deberá garantizar la cobertura de la intervención de manera gratuita.

En tanto, **el Plan de los 1.000 días establece una nueva asignación por Cuidado de Salud Integral que consiste en el pago de una Asignación Universal por Hijo** -una vez por año- para ayudar al cuidado de cada niño o niña menor de tres años.

El objetivo es afianzar el "derecho a la protección en situaciones específicas de vulnerabilidad" para las "niñas y los niños con necesidad de cuidados especiales en sus primeros años, personas que cursen embarazos de alto riesgo o padezcan trombofilia, mujeres u otras personas gestantes en situación de violencia por razones de género y niñas y adolescentes embarazadas.

**La ley del aborto entrará en vigencia nueve días después de su publicación en el Boletín Oficial.**

La IVE tiene como eje central la consagración del "derecho de las mujeres y personas con otras identidades de género a decidir la interrupción del embarazo" en los servicios del sistema de salud "en un plazo máximo de diez (10) días corridos desde su requerimiento".

**Establece que el aborto "se permitirá hasta la semana 14 inclusive del proceso gestacional",** que fuera de ese plazo "sólo se podrá acceder en caso de violación o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante".

**La norma avala también el derecho a ejercer la "objeción de conciencia"**del profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo.

"Los centros de salud privados o de seguridad social que no cuenten con profesionales para realizar un aborto a causa de la objeción de conciencia deberán prever y disponer la derivación a un lugar, de similares características, donde se realice la prestación", dispone la norma.

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