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title: "Qué dice el decreto que llama a \"adoptar medidas de limitación de la circulación\""
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description: "El Gobierno publicó el decreto que propone limitar la circulación y actividades nocturnas en todo el país a partir de  este sábado, aunque no fijó un horario."
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  - "Coronavirus en Argentina"
  - "Nuevas restricciones"
  - "restricciones por la pandemia de coronavirus"
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category_description: "Noticias y sucesos nacionales de la República Argentina"
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# Qué dice el decreto que llama a "adoptar medidas de limitación de la circulación"

![Alberto Fernández  ingresando a la Casa Rosada en plena pandemia 02 06 2020](/download/multimedia.normal.817b547465d2723f.416c626572746f204665726ec3a16e64657a2020696e67726573616e646f20615f6e6f726d616c2e706e67.png)

*El Presidente Alberto Fernández firmó el DNU que establece nuevos criterios para la toma de medidas sanitarias. Foto: archivo*

Finalmente,**el DNU que propone restricciones a las provincias en el marco de la lucha contra el rebrote de casos de Covid-19 se publicó en las primeras horas de la tarde del viernes.**En la previa se hablaba de que la Casa Rosada iba a proponer limitar la circulación entre las 23 y las 6, pero finalmente **se decidió no incluir un horario en el decreto.**

**El artículo 1° del decreto llama a "adoptar medidas de limitación de la circulación" cuando se cumplan dos "parámetros sanitarios" específicos.**

El primero es "**la razón de casos, definida como el cociente entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos catorce (14) días y el número de casos confirmados acumulados en los catorce(14) días previos, sea superior a uno coma veinte (1,20)"**.

El segundo, "**la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados de los últimos catorce (14) días por cien mil (100.000) habitantes, sea superior a ciento cincuenta (150)"**.

**El artículo 2°** plantea que "**las autoridades provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires**, con el objetivo de evitar situaciones que puedan favorecer su propagación, **deberán priorizar la limitación de la circulación en el horario nocturno**, dado que, a partir de la experiencia nacional e internacional, se ha podido establecer que **las actividades que conllevan alto riesgo de transmisión son las que implican contacto estrecho prolongado en espacios cerrados con escasa ventilación o abiertos que involucran la concentración de personas, dificultan el uso de tapabocas/ nariz y el mantenimiento de la distancia física**".

**El artículo 3°** indica que "con el fin de colaborar con el monitoreo de los indicadores mencionados en el artículo 1°, **el Ministerio de Salud de la Nación articulará con las autoridades sanitarias de las distintas jurisdicciones**".

**El artículo 4°**señala que "en aquellos casos en los cuales los gobernadores y las gobernadoras de provincias o el jefe de gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adopten medidas que limiten la circulación de las personas, podrán requerir al Ministerio de Seguridad de la Nación o a otras autoridades del Sector Público Nacional su **cooperación para realizar controles en rutas, vías de acceso, espacios públicos y demás lugares estratégicos que determinen con el fin de coadyuvar a garantizar el cumplimiento de las medidas de protección sanitaria que evitan la propagación del virus**".

En sus considerandos, el decreto argumenta que la necesidad de limitar la nocturnidad se debe a que "la Argentina acumula un total de 1.676.171 casos de Covid-19 y 43.976 fallecidos y que luego de presentar una disminución en el número de casos confirmados desde el 19 de octubre **hasta el 14 de diciembre de 2020, a partir de esa fecha se observa un crecimiento sostenido en el número de casos**".

Se planteó además en el texto que **"la dinámica actual de la transmisión y la aparición de nuevos casos se origina principalmente en actividades sociales y recreativas nocturnas que implican contacto estrecho prolongado, en espacios cerrados con escasa ventilación o abiertos con aglomeración de personas que dificultan el uso de tapabocas/nariz y el mantenimiento de la distancia física"**.

Fuente: Noticias Argentinas

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