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title: "El Gobierno oficializó los días feriados y no laborales para el próximo año"
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description: "Para el 2021 la gestión nacional prevé 11 feriados inamovibles, cuatro trasladables y tres con fines turísticos, lo que contabiliza un total de 18 días festivos."
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  - "Feriados"
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category_description: "Noticias y sucesos nacionales de la República Argentina"
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# El Gobierno oficializó los días feriados y no laborales para el próximo año

![Mar del plata by NA](/download/multimedia.normal.8c00814a452ec4f0.4d61722064656c20706c617461206279204e415f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*Para este 2020 sólo queda un feriado más, el del viernes 25 de diciembre por Navidad. Foto: NA*

**El Gobierno nacional oficializó los días feriados y no laborales para el año que viene,** con puentes turísticos para favorecer a uno de los sectores más afectados por la pandemia.

**Para este 2020 sólo queda un feriado más, el del viernes 25 de diciembre por Navidad, aunque es probable que en muchos sectores se declaren días no laborales el 24 y 31 de este mes.**

El Ministerio de Interior y el de Turismo y Deportes, en tanto, ya informaron el cronograma de feriados para el año 2021 dispuestos por el decreto 947 firmado por el presidente Alberto Fernández que prevé para el año próximo 11 feriados inamovibles, 4 trasladables y tres con fines turísticos, lo que contabiliza un total de 18 días festivos.

**El primer feriado del año que viene será el viernes primero de enero (Año Nuevo), mientras que le seguirán los previstos para carnaval, que serán el 15 y 16 de febrero.**

**Luego llegará el feriado del 24 de marzo** (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia), al mes siguiente el 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas y Viernes Santo) y después el 1 de mayo (Día del Trabajador).

El feriado siguiente será el del**25 de mayo** (Día de la Revolución de Mayo), luego el**20 de junio** (Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano).

Los últimos feriados inamovibles serán el **9 de julio** (Día de la Independencia),**8 de diciembre** (Día de la Inmaculada Concepción de María) y el **25 de diciembre** (Navidad).

En tanto,**los feriados trasladables serán el 17 de junio** (Paso a la Inmortalidad del Gral. Güemes), que se conmemorará **el 21 de junio; el 17 de agosto** (Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín), que se conmemorará el **16 de agosto.**

Luego llegará el feriado el**12 de octubre** (Día del Respeto a la Diversidad Cultural), que se conmemorará**el 11 de octubre y el 20 de noviembre** (Día de la Soberanía Nacional).

Finalmente**, los feriados con fines turísticos, serán el 24 de mayo, 8 de octubre y el 22 de noviembre.**

**"Con la incorporación del fin de semana largo extendido del viernes 8 al lunes 11 de octubre, el Gobierno nacional fomenta las escapadas turísticas en primavera, para replicar la exitosa experiencia desde la recuperación de los Feriados de Carnaval y seguir reactivando al sector**, golpeado a nivel mundial por la pandemia del Covid-19", se informó en forma oficial.

Por otra parte,**también quedó establecido el cronograma de días no laborables por cuestiones religiosas**:  
**a) Ley Nº 26.199 dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio.** Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad. **Se invita a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones de la presente ley.**

**b) Solo para habitantes que profesen la Religión Judía.** Dispuesto por el Art. 2 de la Ley 27.399. Pesaj primeros días desde el sábado 27/03/2021 al atardecer hasta el lunes 29/03/2021 al atardecer. Pesaj últimos días desde el viernes 02/04/2021 al atardecer hasta el domingo 04/04/2021 al atardecer. Rosh Hashaná desde el lunes 06/09/2021 al atardecer hasta el martes 08/09/2021al atardecer. Iom Kipur desde el miércoles 15/09/2021 al atardecer hasta el jueves 16/09/2021 al atardecer. Sucot primeros días desde el lunes 20/09/2021 al atardecer hasta el miércoles 22/09/2021 al atardecer. Sucot segundos días desde el lunes 27/09/2021 al atardecer hasta el miércoles 29/09/2021 al atardecer.

**c) Solo para los habitantes que profesen la Religión Islámica.** Dispuesto por el Articulo 3 de la Ley N° 27.399. Fechas aproximadas. Se rigen por el calendario lunar.

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