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title: "Las actividades que seguirán prohibidas durante el Dispo en casi todo el país"
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description: "A partir de este lunes comienza una nueva etapa de la cuarentena en Argentina, que se prolongará hasta el 20 de diciembre, previo a la celebración de las fiestas de fin de año."
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  - "ASPO"
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category_description: "Noticias y sucesos nacionales de la República Argentina"
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# Las actividades que seguirán prohibidas durante el Dispo en casi todo el país

![CovidCba Gente Paseos © 2020 Javier Imaz_037](/download/multimedia.normal.9dba51a2b0ccc731.436f7669644362612047656e746520506173656f7320c2a92032303230204a615f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*El Gobierno nacional oficializó las medidas, a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial. Foto archivo: Javier Imaz /LNM*

**El Gobierno nacional informó este lunes, a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, las actividades que siguen prohibidas durante el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (Dispo).**

A partir de este lunes comienza una nueva etapa de la cuarentena en el país, que**se prolongará hasta el 20 de diciembre, y la mayor parte se encuentra en el Dispo.**

Las siguientes son las actividades que se mantienen prohibidas durante la etapa del distanciamiento:

**1. Los eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos o familiares y actividades en general de más de veinte (20) personas en espacios cerrados.**La misma limitación regirá en espacios al aire libre si se trata de espacios privados de acceso público y de los domicilios de las personas, salvo el grupo conviviente.

La infracción a esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente con el fin de que la autoridad competente determine si se hubieren cometido los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación.

**2. Realización de eventos culturales, sociales, recreativos o religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia mayor a CIEN (100) personas.**

**3. Práctica de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de diez (10) personas** o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de DOS (2) metros entre los y las participantes. En el aglomerado del AMBA no podrán realizarse prácticas deportivas en espacios cerrados, cualquiera sea el número de concurrentes.

**4. Cines, teatros, clubes y centros culturales.**

**5. Servicio público de transporte urbano de pasajeros en el Aglomerado del AMBA.** En dicho aglomerado, conforme se define en el artículo 3° del presente, el servicio público de transporte urbano de pasajeros solo podrá ser utilizado por las personas alcanzadas por las actividades, servicios y situaciones comprendidos en el artículo 11 del presente o en aquellos supuestos en los cuales expresamente se hubiera autorizado su uso, así como para las personas que deban asistir a la realización de tratamientos médicos y sus acompañantes. En este caso, las personas deberán portar el "Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia Covid- 19" que las habilite a tal fin.

Noticia relacionada:

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