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title: "El Gobierno habilitó la vuelta a clases presenciales en las universidades"
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description: "Las actividades en universidades e institutos seguirán un protocolo que garanticen las medidas de cuidado de trabajadores y estudiantes ante la pandemia por coronavirus."
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date_published: "2020-11-06T06:50:00-03:00"
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tags:
  - "vuelta a clases presenciales"
category_name: "País"
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category_description: "Noticias y sucesos nacionales de la República Argentina"
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# El Gobierno habilitó la vuelta a clases presenciales en las universidades

![UNC Oficial](/download/multimedia.normal.84df2d369522408a.554e43204f66696369616c5f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*El Gobierno nacional habilitó este viernes el retorno de las actividades presenciales en universidades e institutos. Foto: ilustrativa.*

**El Gobierno nacional habilitó este viernes el retorno de las actividades presenciales en universidades e institutos,** cumpliendo un**protocolo y lineamientos generales** que garanticen las medidas de cuidado de los trabajadores y estudiantes ante la pandemia por coronavirus.

Así se estableció a través de la Decisión Administrativa 1995/2020 que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Salud, Gines González García, que fue publicada este viernes en el Boletín Oficial.

"Establécese que en el marco del protocolo marco y lineamientos generales para el retorno a las**actividades académicas presenciales en las universidades e institutos universitarios,** aprobado por la Resolución del Ministerio de Educación 1084 del 8 de agosto de 2020, este revisará y prestará conformidad a los planes jurisdiccionales para el retorno de las actividades", indica el artículo 1 de la norma.

Asimismo establece que "con la conformidad del ministerio de Educación, la efectiva reanudación de las actividades académicas presenciales en Universidades e Institutos Universitarios **será decidida por las autoridades provinciales y de la ciudad de Buenos Aires, quienes podrán suspender las actividades y reiniciarlas conforme la evolución de la situación epidemiológica".**

Las actividades presenciales podrán reanudarse **"conforme los protocolos que en cada caso establezcan las autoridades sanitarias locales"** y, entre esas medidas de cuidado, se encuentran "la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19".

En tanto, los desplazamientos de las personas "deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades exceptuadas por la presente", indica la disposición.

Por su parte, los institutos y universidades **"deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la jurisdicción para preservar la salud de sus trabajadoras, trabajadores y estudiantes"**.

La medida indica además que los gobernadores y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "decidirán la efectiva reanudación, pudiendo suspender las actividades y reiniciarlas en el marco de sus competencias territoriales, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria local, y conforme a la situación epidemiológica y sanitaria".

En tanto, el personal directivo, docente y no docente y los estudiantes que asistan a las actividades académicas presenciales "**quedan exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de transporte de pasajeros urbano, interurbano e interjurisdiccional,** según corresponda y a este solo efecto".

No obstante, en los considerandos, se recomienda que e**l transporte público "solo sea empleado cuando no se cuente con medios alternativos".**

Fuente: Télam

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