---
canonical_url: "https://lmdiario.com.ar/contenido/255750/la-afip-vuelve-a-prorrogar-la-feria-fiscal-ahora-hasta-el-8-de-noviembre"
title: "La Afip vuelve a prorrogar la feria fiscal, ahora hasta el 8 de noviembre"
article_type: "Article"
description: "La medida alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros procedimientos."
main_image: "https://lmdiario.com.ar/download/multimedia.normal.a546041418562342.63656c756c617220616669705f6e6f726d616c2e6a7067.jpg"
date_published: "2020-10-27T09:40:00-03:00"
date_modified: "2020-10-27T12:55:11-03:00"
tags:
  - "AFIP"
  - "#Coronavirus"
  - "Distanciamiento social, preventivo y obligatorio"
  - "Feria fiscal"
  - "Pandemia"
category_name: "País"
category_url: "https://lmdiario.com.ar/categoria/22/pais"
category_description: "Noticias y sucesos nacionales de la República Argentina"
---

# La Afip vuelve a prorrogar la feria fiscal, ahora hasta el 8 de noviembre

![celular afip](/download/multimedia.normal.a546041418562342.63656c756c617220616669705f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*La medida fue prevista en la Resolución General N°4840 dada a conocer este martes. Foto: ilustrativa*

**La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) volvió a prorrogar este martes la feria fiscal hasta el 8 de noviembre,** inclusive.

Durante la vigencia de las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.

> La feria fiscal seguirá vigente hasta el 8/11. La medida suspende el cómputo de plazos vigentes en determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, intimaciones y clausuras. No obstante, se mantienen habilitados distintos procedimientos de fiscalización. [pic.twitter.com/ZljZWfFnqW](https://t.co/ZljZWfFnqW)
> — AFIPComunica (@AFIPcomunica)
> [October 27, 2020](https://twitter.com/AFIPcomunica/status/1321061295496507392?ref_src=twsrc%5Etfw)

**La medida, prevista en la Resolución General N°4840 alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros procedimientos.**La normativa exceptúa de la feria fiscal a los procedimientos que realiza la AFIP por precios de transferencia.

**Asimismo mantiene habilitadas las fiscalizaciones realizadas en función de la información proporcionada por la OCDE sobre cuentas de argentinos en el exterior,** así como aquella proveniente de intercambio de información en el marco de acuerdos y convenios internacionales.

La resolución de la AFIP también contempla la posibilidad de llevar adelante fiscalizaciones electrónicas, aquellos controles y verificaciones no presenciales que se tramitan íntegramente online.

**Una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social.** La medida no suspende las acciones de la AFIP.

No obstante, durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.

Noticia relacionada:

El Gobierno nacional extiende el programa ATP hasta el 31 de diciembre

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
