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title: "Condenan a un productor cordobés por explotación del trabajo infantil"
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description: "Un adolescente desarrollaba tareas rurales, a su cargo y a la intemperie, por más de 10 horas y sin retribución económica. Fue condenado a dos años de prisión condicional."
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  - "Justicia de Córdoba"
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category_description: "Noticias generales y de actualidad de la Provincia de Córdoba, República Argentina. Clasificadas en sub secciones de política, economía, sociedad y judiciales,"
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# Condenan a un productor cordobés por explotación del trabajo infantil

![Tribunales de Río Cuarto prensa Justicia de Córdoba](/download/multimedia.normal.97016349ad60cf0b.54726962756e616c65732064652052c3ad6f2043756172746f207072656e73615f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*Durante 10 meses, el imputado le asignó tareas rurales a un adolescente que, en ese momento, tenía 15 años. Foto: prensa Justicia de Córdoba.*

**La Cámara en lo Criminal y Correccional de 2° Nominación de Río Cuarto condenó a dos años de prisión de ejecución condicional a un productor agropecuario acusado de explotación del trabajo infantil**.

**Durante 10 meses, el imputado le asignó tareas rurales a un adolescente que, en ese momento, tenía 15 años. La víctima trabajaba, aproximadamente, desde las 6 a las 12 y desde las 14 a las 20.30 horas, sin recibir una retribución dineraria**. A cambio de la labor del niño, el imputado entregaba “carne” y otros productos a su familia.

Según la acusación, **la familia del menor se trasladó en abril de 2016 al establecimiento rural “El Caldén”, ubicado en las inmediaciones de la localidad de Ucacha (Córdoba)**.

Se había convenido con el propietario del campo Román Claudio Ardusso, que todos los miembros del grupo familiar prestarían servicios en calidad de empleados, salvo el niño que era menor y debería asistir al colegio.

Sin embargo, cuando la familia ya se encontraba desempeñando actividades laborales, le informaron que el adolescente no podría ir a la escuela ya que no contaban con los medios necesarios para su traslado. Luego, le dijeron a su madre que también el niño debía empezar a trabajar en el campo. Inicialmente, le asignaron tareas de cortador de pasto, trabajos con la desmalezadora y descargar camiones con cargas de algodón y maní, entre otras labores.

En general,**la explotación del trabajo infantil comenzaba a las 6 y terminaba a las 20.30 horas, aproximadamente, con un descanso de dos horas al mediodía**. Esta situación duró desde abril del año 2016 hasta el 24 de enero de 2017. En esa fecha, un miembro del sindicato de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y de la Estiba (UATRE) relevó al adolescente, mientras se encontraba realizando tareas de parquero, fumigación de alambrado y parquizado de casco en el establecimiento. La entidad sindical constató que el trabajo del niño se desarrollaba a la intemperie, que implicaba el uso de herramientas de riesgos y que estaba expuesto a olores fuertes, polvo y mucho ruido.

Durante un juicio abreviado, el imputado reconoció su responsabilidad. La conducta se encuadró en el delito de explotación del trabajo infantil, en los términos de los artículos 45 y 148 bis del Código Penal (en función del art. 189 de la ley 20744, modificado por el art. 7 de la ley 26390), calificación que fuera propiciada por el Ministerio Público Fiscal y la defensa del acusado.

En la sentencia, **el camarista Emilio Andruet señaló que el imputado Ardusso se aprovechó económicamente del trabajo infantil del niño, quien al momento del hecho tenía 15 años de edad**. “**Ese aprovechamiento significa abusar de una posición de preeminencia del autor sobre el menor de edad, y la capacidad decisoria de la persona menor de 16 años de edad es nula para el derecho laboral**, por lo que cualquier forma de trabajo que involucrarse a menores de dicho límite etario representa un abuso de dicha posición”, enfatizó el magistrado.

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