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title: "Ya es oficial la fórmula para actualizar el monto de los alquileres de viviendas"
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description: "La aprobó este jueves el Banco Central y resultará de las variaciones mensuales de inflación y salarios. El índice fijado por la entidad será informado diariamente."
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  - "Ley de Alquileres"
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# Ya es oficial la fórmula para actualizar el monto de los alquileres de viviendas

![l_alquileres](/download/multimedia.normal.8a21fe0187173a8d.6c5f616c7175696c657265735f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*Los montos de los alquileres se calcularán con una fórmula. Foto: archivo*

**El Banco Central aprobó este jueves la fórmula de actualización de los alquileres, conformada por las variaciones mensuales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y el de salarios (RIPTE).** La autoridad monetaria aprobó el método de cálculo del Índice **para contratos de locación de inmuebles destinados a uso habitacional,** establecido en el artículo 14 de la Ley 27.551, en su reunión semanal de directorio.

La ley establece que en el precio del alquiler **sólo pueden realizarse ajustes anuales** utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del índice de precios al consumidor (IPC) y la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE).

El índice fijado por el Banco Central**"tendrá carácter diario y posibilitará el cálculo del ajuste cualquiera sea el día de inicio del contrato",** subrayó el organismo en un comunicado.

El Gobierno oficializó en junio la modificación al Código Civil y Comercial de la Nación para promulgar la regulación de alquileres que fue sancionada por el Congreso ese mes, y este jueves el Banco Central oficializó el modelo de actualización del índice.

**La nueva norma extiende los contratos de alquiler de dos a tres años y señala, además, que la actualización del valor deberá ser anual y ya no semestral, como ocurre actualmente con la mayoría de los alquileres.**

También amplía las garantías a presentar por el inquilino ante el locador, al contemplar tanto la garantía propietaria, como el seguro de caución, el aval bancario, la garantía de fianza o fiador solidario y el recibo de sueldo.

Fuente: NA

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