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title: "El Gobierno publicó el DNU que extiende la cuarentena hasta el 7 de junio"
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description: "En siete artículos, el decreto proclama también la continuidad de \"toda la normativa complementaria dictada al respecto\", cuyo objetivo es combatir la pandemia de coronavirus."
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date_published: "2020-05-25T08:19:00-03:00"
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tags:
  - "Coronavirus"
  - "DNU"
  - "extensión de la cuarentena"
  - "Pandemia"
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category_description: "Noticias y sucesos nacionales de la República Argentina"
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# El Gobierno publicó el DNU que extiende la cuarentena hasta el 7 de junio

![Fernández y Gabinete by na](/download/multimedia.normal.8c44586155a8bdd5.4665726ec3a16e64657a207920476162696e657465206279206e615f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*La decisión fue anunciada este sábado por el Presidente en conferencia de prensa. Foto archivo: NA*

**El Gobierno publicó este lunes el Decreto de Necesidad y Urgencia que extiende el aislamiento social, preventivo y obligatorio [hasta el 7 de junio próximo.](https://lmdiario.com.ar/contenido/223018/gran-expectativa-por-el-mensaje-presidencial-que-extendera-el-aislamiento)**

En siete artículos proclama no sólo su continuidad sino también la de**"toda la normativa complementaria dictada respecto" del ASPO, cuyo objetivo es combatir la pandemia del coronavirus.**

Como corresponde a todo DNU, fue firmado por todos los ministros. Lo que hace es prorrogar la "emergencia pública en materia sanitaria" establecida a través del decreto 260/2020, el primero en alinearse a la emergencia dictada por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

El DNU 493 **dispuso extender hasta "el día 7 de junio de 2020, inclusive," la vigencia del Decreto N° 297, que estableció la cuarentena el 20 de marzo y fue prorrogado en sucesivas oportunidades.**

**También se prorroga hasta esa fecha "toda la normativa complementaria dictada respecto del aislamiento social, preventivo y obligatorio".**

En los considerandos del DNU,**se señala que las medidas adoptadas "han permitido, hasta el momento, contener la epidemia, por la aparición gradual y detección precoz de casos y por la implementación de las acciones de control ante casos con menor tiempo de evolución,** registrándose una disminución en la velocidad de propagación en una gran parte del país, y habiéndose evitado, hasta la fecha, la saturación del sistema de salud, a diferencia de lo sucedido en otros lugares del mundo".

Agrega que **"se estima que se deben seguir adoptando decisiones que procuren reducir la velocidad de los contagios y la morbimortalidad,** continuando con la adecuación del sistema de salud para mejorar su capacidad de respuesta".

Destaca, en otra parte de las 11 páginas que,**"el objetivo del aislamiento social, preventivo y obligatorio ha sido y sigue siendo la recuperación del mayor grado de normalidad posible en cuanto al funcionamiento económico** y **social,** pero con fuerte monitoreo de la evolución epidemiológica, especialmente en aquellas situaciones que requieren un abordaje especial y diferencial, para contener en forma oportuna y suficiente la demanda creciente de casos y las particularidades de cada situación".

Finalmente decreta, en su artículo primero: "Prorrógase hasta el día 7 de junio de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N° 297/20, que fuera prorrogado por los Decretos Nros. 325/20, 355/20, 408/20 y 459/20. Asimismo, **prorrógase hasta dicha fecha la vigencia de toda la normativa complementaria dictada respecto del "aislamiento social, preventivo y obligatorio", desde la entrada en vigencia del Decreto N° 297/20, hasta el día de la fecha.**

Y en su artículo segundo: "Prorrógase hasta el día 7 de junio de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N° 459/20 y de toda la normativa complementaria dictada respecto del "aislamiento social, preventivo y obligatorio", desde la entrada en vigencia del mismo, hasta el día de la fecha.

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