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title: "Afip prorroga fechas de trámites para Ganancias y Bienes Personales"
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description: "La extensión será hasta fines de julio y aplica también para el Impuesto Cedular, que debían formalizarse durante junio. La decisión se vincula con la extensión de la cuarentena."
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tags:
  - "AFIP"
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  - "cuarentena"
  - "Impuesto a las Ganancias"
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category_description: "Noticias y sucesos nacionales de la República Argentina"
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# Afip prorroga fechas de trámites para Ganancias y Bienes Personales

![afip 3](/download/multimedia.normal.b8ccf8486dacda03.6166697020335f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*Las medidas se tomaron para a "facilitar a los contribuyentes poder cumplir con las obligraciones tributarias". Foto: ilustrativa*

**La AFIP prorrogó oficialmente este jueves hasta fines de julio el plazo para la presentación de declaraciones juradas y pago de los saldos correspondientes al Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales y el Impuesto Cedular**, que debían formalizarse durante junio.

La decisión se vincula con la extensión de la cuarentena y la necesidad de adoptar**"medidas tendientes a facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias",** según la Resolución General 4721/2020, publicada este jueves en el Boletín Oficial.

Así, las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2019, de las personas y sucesiones indivisas, cuyos vencimientos operan durante junio de 2020, podrán cumplirse según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente.

**Con terminación 0,1,2 y 3, la fecha de presentación será el 24 de julio y de pago, el 27 del mismo mes; con terminación 4,5 y 6, presentación el 27 de julio y pago el 28, mientras que con terminación 7,8 y 9, presentación el 28 y pago, un día después.**

Con relación al impuesto Cedular (que es el gravamen a la renta financiera), la presentación de la declaración jurada y el pago del saldo resultante, se realizará de la siguiente manera: terminación CUIT en 0,1,2 y 3, presentación y pago el 27 de julio; 4,5 y 6, 28 de julio y 7,8 y 9, el 29 del mismo mes.

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