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title: "Autorizan a niños de hasta 12 años a hacer compras junto a uno de sus padres"
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  - "Aislamientos social, preventivo y obligatorio"
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category_description: "Noticias y sucesos nacionales de la República Argentina"
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# Autorizan a niños de hasta 12 años a hacer compras junto a uno de sus padres

![Niño coronavirus by gentileza](/download/multimedia.normal.b07182f189f91a47.4e69c3b16f20636f726f6e6176697275732062792067656e74696c657a615f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*Los niños que no puedan quedar a cargo de un adulto en sus casas podrán salir con sus padres a hacer compras. Foto: gentileza.*

**El Gobierno nacional autorizó este viernes que niños menores de 12 años puedan concurrir junto a uno de sus padres a los comercios de cercanía**, cuando no puedan dejarlos en el hogar al cuidado de otro adulto responsable, en el marco del **aislamiento social, preventivo y obligatorio** establecido para mitigar el avance del coronavirus en el país.

Así lo dispone la **Resolución 262** que lleva la firma del ministro de Desarrollo Social,**Daniel Arroyo**, publicada hoy en el Boletín Oficial.

"Las y los progenitores o la persona adulta responsable, se encuentran autorizados para ingresar con sus hijos e hijas, o niños o niñas que se encuentren a su cargo, de hasta doce años de edad, a los comercios de cercanía habilitados para funcionar, **de conformidad con las excepciones previstas en el ordenamiento vigente, siempre que no puedan dejarlos en el hogar al cuidado de otro adulto responsable**", señala la norma.

En los considerandos, la medida indica que, "a partir de la experiencia recogida, se han realizado diversas interpretaciones" acerca del alcance de la excepciones previstas al aislamiento y algunas "han sido erróneas y han devenido en prácticas discriminatorias respecto de niños y niñas, así como de sus progenitoras, progenitores y cuidadores que **se han visto impedidos de realizar algunas compras y trámites imprescindibles en establecimientos en las inmediaciones de sus hogares**".

"En consecuencia, deviene necesario precisar que en caso de familias que no tengan la posibilidad de dejar a niños o niñas de hasta doce (12) años de edad, **de acuerdo con el distingo efectuado por el artículo 25 del Código Civil y Comercial de la Nación** respecto de las personas menores de edad, al cuidado de otro adulto responsable en ocasión de concurrir a los comercios de cercanía que se encuentran habilitados para funcionar, **corresponde permitir su ingreso a dichos establecimientos**, en compañía de los niños y las niñas a su cargo", concluye la disposición.

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