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title: "Prorrogan los mandatos de autoridades sindicales hasta el 30 de septiembre"
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  - "Ministerio de Trabajo de la Nación"
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# Prorrogan los mandatos de autoridades sindicales hasta el 30 de septiembre

![gremios marcha Foto: LNM](/download/multimedia.normal.b57842b62aca5784.576861747341707020496d61676520323031392d30342d30342061742031302e5f6e6f726d616c2e6a706567.jpeg)

*La prórroga de la suspensión quedó oficializada mediante la publicación hoy en el Boletín Oficial. Foto: archivo (LNM).*

El **Ministerio de Trabajo de la Nación** dispuso este martes **prorrogar hasta el 30 de septiembre próximo la suspensión de la celebración de procesos electorales, asambleas y congresos en el ámbito gremial**, una medida que **ya había tomado el 18 de marzo último ante la pandemia del coronavirus**.

La prórroga de la suspensión quedó oficializada mediante la publicación hoy en el **Boletín Oficial** de la resolución 489/2020 de la Secretaría de Trabajo.

De esta forma, quedan prorrogados **hasta septiembre los mandatos de los miembros de los cuerpos directivos, deliberativos, de fiscalización y representativos de las asociaciones sindicales, federaciones y confederaciones registradas ante la Dirección Nacional de Asociaciones**.

Se estableció que **vuelven a quedar exceptuadas de la prórroga los mandatos de aquellas asociaciones sindicales, federaciones y confederaciones** que hubieran culminado su proceso eleccionario de renovación de autoridades con anterioridad al 16 de marzo de 2020.

Se aclara que la medida**no afecta "los actos cumplidos en los procesos electorales que se hallaban en curso de ejecución y que fueron suspendidos por la resolución de la Secretaría de Trabajo 238/20**, de marzo último.

La resolución se fundamenta en el decreto presidencial 297/2020, que dispuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio, **con el objetivo de "evitar todo acto institucional que implique la movilización, traslado y/o la aglomeración de personas, de todas las asociaciones sindicales inscriptas en el registro"** del Ministerio de Trabajo.

Entre las consideraciones, la medida indica que "**es menester contemplar un plazo necesario**" para que los sindicatos regularicen su situación institucional con procesos electorales, y que "no existe desde el punto de vista tecnológico, recurso virtual disponible que permita sustituir la presencia real de los protagonistas".

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