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title: "Rechazan autorización judicial para regresar al domicilio habitual"
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description: "El juez Gustavo Hidalgo no hizo lugar a un habeas corpus preventivo presentado por dos ciudadanos que solicitaban orden judicial para viajar desde la capital provincial hasta Laboulaye."
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tags:
  - "Aislamiento Social Obligatorio"
  - "Certificado Único Habilitante de Circulación"
category_name: "Córdoba"
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category_description: "Noticias generales y de actualidad de la Provincia de Córdoba, República Argentina. Clasificadas en sub secciones de política, economía, sociedad y judiciales,"
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# Rechazan autorización judicial para regresar al domicilio habitual

![Tribunales by LNM (M)](/download/multimedia.normal.9443d33c02f429b5.576861747341707020496d61676520323031392d31312d32302061742031362e5f6e6f726d616c2e6a706567.jpeg)

*El habeas corpus presentado por dos vecinos de Laboulaye varados en Córdoba fue rechazado por la Justicia. Foto: LNM*

El juez de Control de la ciudad de Córdoba **Gustavo Hidalgo** **no hizo lugar a un habeas corpus preventivo presentado por dos ciudadanos que solicitaban orden judicial para viajar desde la capital provincial**, donde se encuentran actualmente cumpliendo el aislamiento obligatorio, **hasta Laboulaye**, su lugar de residencia habitual.  
   
En la presentación, **señalaron que la página web donde tienen que tramitar los permisos de circulación excepcionales** (https://regresoacasa.argentina.gob.ar/)**está fuera de servicio** y que esta circunstancia limitaba o amenazaba su libertad ambulatoria puesto que les impide el retorno al domicilio familiar.

En la resolución, el juez Hidalgo consideró que **estos ciudadanos “no se encuentran bajo ningún supuesto de amenaza o efectiva restricción arbitraria o ilegal de su libertad ambulatoria”**.  
   
El magistrado expresó que, frente a la saturación en las consultas en el sitio web y el alto número de permisos tramitados,**el Gobierno nacional dispuso un cupo para administrar la habilitación de la “Certificación para el Regreso al Domicilio Habitual”**.

La resolución precisa que los ciudadanos en cuestión no se encuentran autorizados para regresar a Laboulaye, puesto que **su retorno se encuentra “condicionado a la autorización que deben tramitar”** en el modo y por el medio especificados en la Resolución Conjunta 2/2020 de los ministerios de Transporte y del Interior de la Nación.  
   
Por todo ello, el juez concluyó que **los inconvenientes informáticos que pudiesen presentarse para la tramitación de permisos de circulación “no se erigen como presupuestos para invocar y menos evidenciar una vulneración a la libertad de locomoción”**.

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