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title: "Aislamiento: cuáles son las nuevas actividades exceptuadas"
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description: "Una resolución administrativa del Poder Ejecutivo publicada este sábado incluye el cobro de servicios, venta de mercadería online, y atención médica y odontológica."
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date_published: "2020-04-19T18:51:00-03:00"
date_modified: "2020-04-20T00:05:44-03:00"
tags:
  - "Aislamiento comunitario"
  - "excepciones a la cuarentena"
category_name: "País"
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category_description: "Noticias y sucesos nacionales de la República Argentina"
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# Aislamiento: cuáles son las nuevas actividades exceptuadas

![aislamiento coronavirus](/download/multimedia.normal.8efed8bf71140cf3.576861747341707020496d61676520323032302d30342d313720617420392e325f6e6f726d616c2e6a706567.jpeg)

*En todos los casos, la norma señala que se deberá garantizar la organización de turnos. Foto: gentileza.*

**El Gobierno exceptuó del aislamiento obligatorio a 11 actividades como el cobro de servicios, venta de mercadería online, y atención médica y odontológica en 22 distritos a partir del próximo lunes.**

A través de una resolución administrativa de la Jefatura de Gabinete, se dispusieron las bases de la "cuarentena administrada", que alcanza a Buenos Aires, La Pampa, Neuquén, Formosa, Santa Cruz, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Juan, **Córdoba**, Jujuy, La Rioja, Chubut, Catamarca, Río Negro, Entre Ríos, Mendoza, Santa Fe, Chaco, San Luis, Misiones y la ciudad de Buenos Aires.

Quedarán exceptuados de la cuarentena, a partir del lunes, las actividades de **cobranza de servicios e impuestos; la actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas; la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes.**

Se habilita, además, la **atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo; los laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo; y las ópticas,** con sistema de turno previo.

La resolución de la Jefatura de Gabinete de Ministros también incluye a **peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras; establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género; y procesos industriales específicos.**

En todos los casos "**se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado** que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo coronavirus".

"Los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados por la presente. **Las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por las respectivas jurisdicciones** para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores", agregó la nueva excepción.

En tanto, aclara que cada jurisdicción provincial deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados, pudiendo limitar el alcance de las mismas a determinadas áreas geográficas o a **determinados municipios o establecer requisitos específicos para su desarrollo, que atiendan a la situación epidemiológica local** y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus".

El jefe de ministros "podrá, en cualquier tiempo y circunstancia, dejar sin efecto cualquiera de las excepciones, según la evaluación que se realice, con intervención de la autoridad sanitaria nacional, de la evolución de la situación epidemiológica".

**Una por una las actividades que se reanudan**:

- Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.  
 - Oficinas de rentas de las provincias, de CABA y de los municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.  
 - Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.  
 - Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.  
 - Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.  
 - Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.  
 - Ópticas, con sistema de turno previo.  
 - Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.  
 - Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.  
 - Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.  
 - Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

[DA 524 Exceptúa Del Cumplim...](https://www.scribd.com/document/457089616/DA-524-Exceptua-Del-Cumplimiento-Del-ASPO-y-de-La-Prohibicion-de-Circular-En-El-Ambito-de-Determinadas-Provincias#from_embed) by [Weblmdiario](https://www.scribd.com/user/412493477/Weblmdiario#from_embed) on Scribd

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