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title: "Unas 220 mil empresas se registraron en el Programa de asistencia de Emergencia"
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description: "Las empresas interesadas en acceder a los beneficios creados para amortiguar el impacto económico del aislamiento obligatorio deben inscribirse en el sitio web de la Afip."
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date_published: "2020-04-11T18:53:00-03:00"
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tags:
  - "AFIP"
  - "ATP"
category_name: "Economía"
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# Unas 220 mil empresas se registraron en el Programa de asistencia de Emergencia

![Afip @AFIPcomunica](/download/multimedia.normal.b0a499814d5a2b35.41666970204041464950636f6d756e6963615f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*Siete de cada diez empresas que accedieron al programa obtuvieron una prórroga del pago de las contribuciones patronales Foto: @AFIPcomunica*

**A lo largo de las primeras 48 horas desde que se habilitó la registración en el Programa de Asistencia en Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP), se anotaron más de 220 mil empleadores.**

Las empresas interesadas en acceder a los distintos beneficios creados para amortiguar el impacto económico del aislamiento social preventivo y obligatorio **deben inscribirse en el sitio web de la Afip.**

Todos los empleadores, sin importar la actividad que desarrollan ni la cantidad de trabajadores que se desempeñan en su firma, **deben registrarse hasta el próximo miércoles 15, inclusive.**

La registración no solo no implica renunciar a ningún beneficio previsto en el programa sino que facilitará el acceso a futuras herramientas que se creen en el marco de la emergencia sanitaria.

**Siete de cada diez empresas que accedieron al programa obtuvieron automáticamente una prórroga por dos meses del pago de las contribuciones patronales** correspondientes a marzo que vencían en abril. Esta medida es complementaria de las herramientas previstas en el ATP.

**A partir del lunes 13 de abril, la Afip solicitará a cada empresa inscripta en el programa datos económicos para determinar cuáles son los demás beneficios a los que podrá acceder.** El organismo requerirá los datos de facturación por ventas. Los empleadores deberán reportar los ingresos facturados entre los días 12 de marzo y el 12 de abril de 2019 y 2020.

Al ingresar al sistema deberán completar el monto total para ambos años y cargar una planilla con información desagregada (podrán descargar del sitio un modelo de ese documento). **A las empresas con más de 100 trabajadores se les requerirán datos financieros básicos.**

El procedimiento de inscripción al ATP solicita a los empleadores que habiliten al organismo a compartir información con el Ministerio de Trabajo y la Anses.

La Afip sólo requiere este permiso para que las empresas no se vean en la necesidad de realizar una **presentación adicional ante las dependencias encargadas de canalizar el pago de los REPRO y la asignación compensatoria al salario, dos de los beneficios previstos en el programa.**

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