---
canonical_url: "https://lmdiario.com.ar/contenido/198981/impuesto-al-dolar-la-compra-para-cancelar-deuda-estara-exenta"
title: "Impuesto al dólar: la compra para cancelar deuda estará exenta"
article_type: "Article"
description: "La Afip reglamentó este martes el impuesto a la adquisición de dólares y a la compra de productos o servicios en el exterior que se paguen en pesos."
main_image: "https://lmdiario.com.ar/download/multimedia.normal.9522bc407d35e23c.64c3b36c61725f6e6f726d616c2e6a7067.jpg"
date_published: "2020-01-07T12:43:00-03:00"
date_modified: "2020-01-07T15:54:38-03:00"
tags:
  - "dólar turístico"
  - "Recargo del 30% en el dólar"
author_name: "Redacción La NUEVA Mañana"
author_url: "https://lmdiario.com.ar/usuario/22/redaccion-la-nueva-manana"
author_bio: "EDICIÓN"
author_social_links:
  - "https://www.facebook.com/lmdiario"
  - "https://twitter.com/lmdiariocomar"
category_name: "Economía"
category_url: "https://lmdiario.com.ar/categoria/63/economia"
---

# Impuesto al dólar: la compra para cancelar deuda estará exenta

![dólar](/download/multimedia.normal.9522bc407d35e23c.64c3b36c61725f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*La Resolución General 4659/2020 fue publicada este martes en el Boletín Oficial. Foto: ilustrativa.*

**La Afip reglamentó este martes el impuesto a la adquisición de dólares y a la compra de productos o servicios en el exterior que se paguen en pesos,** aunque **estarán exentas las personas o empresas que adquieran moneda extranjera para hacer frente al pago de deudas**.

De acuerdo a la Resolución General 4659/2020, publicada este martes en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos precisó que **el gravamen del 30 por ciento se aplicará a la compra de billetes y divisas en moneda extranjera; al pago de bienes y servicios en el exterior; de servicios prestados por sujetos no residentes; de servicios en el exterior contratados por agentes de viajes y turismo; de servicios de transporte internacional de pasajeros; y de servicios digitales que se paguen en dólares.**

Asimismo, se aclaró que "no quedarán sujetas a percepción las operaciones con destino específico vinculadas al **pago de obligaciones", por lo que las empresas que se hayan financiado en dólares no tendrán que hacer frente al impuesto.**

El organismo dirigido por Mercedes Marcó del Pont precisó que cobrará **el gravamen a aquellas personas que no lo pagaron o lo hicieron de manera parcial desde el día de la entrada en vigencia de la norma, el pasado 28 de diciembre**. Los agentes de percepción serán bancos, agencias de viaje y empresas de transporte.

Fuente: Noticias Argentinas

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
