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title: "Revés para Macri: la Corte ordenó no afectar los fondos de las provincias"
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  - "Coparticipación"
  - "Corte Suprema de Justicia"
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# Revés para Macri: la Corte ordenó no afectar los fondos de las provincias

![corte suprema de justicia by na](/download/multimedia.normal.807cec6ed68eb039.636f7274652073757072656d61206465206a75737469636961206279206e615f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*El pronunciamiento fue firmado por Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti. Carlos Rosenkrantz votó en disidencia. Foto: NA*

**La Corte Suprema estableció que la reducción del IVA y del Impuesto a las Ganancias, incluida en las medidas económicas anunciadas por el gobierno nacional tras las Paso del 11 de agosto pasado,** "no puede afectar los fondos de coparticipación que corresponden a las provincias", según se informó oficialmente este mediodía a través del Centro de Información Judicial.

Con la firma de los ministros Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti (Carlos Rosenkrantz votó en disidencia),**el máximo tribunal dispuso cautelarmente que los costos fiscales de la aplicación de los decretos n° 561/19 y n° 567/19 del Poder Ejecutivo Nacional y de las resoluciones generales AFIP n° 4546/19 y n° 4547/19 sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional**, sin afectar la coparticipación que corresponde a las provincias de Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán.

**La decisión fue adoptada en una causa en la que la provincia de Entre Ríos impugnó el decreto 561/19, que encomendó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)** una reducción en la base de cálculo de las retenciones para el cálculo del impuesto a las ganancias a determinados sujetos y una reducción de un 50% de los anticipos que deban ingresar los trabajadores autónomos en concepto de impuesto a las ganancias en los meses de octubre y diciembre del ejercicio 2019.

También planteó la inconstitucionalidad del decreto 567/19 en tanto dispuso una alícuota del 0% en el Impuesto del Valor Agregado para la venta de ciertos productos de la canasta alimentaria hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive.

[Fallo de la Corte sobre cop...](https://www.scribd.com/document/428291354/Fallo-de-la-Corte-sobre-coparticipacion#from_embed) by [Télam](https://www.scribd.com/user/276843644/Telam#from_embed) on Scribd

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