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title: "Reducen el monto de indemnizaciones por accidentes laborales"
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description: "El DNU del Ejecutivo fue publicado este lunes en el Boletín Oficial nacional. Aplicará en casos de incapacidad laboral definitiva o muerte del trabajador."
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date_published: "2019-09-30T10:16:00-03:00"
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tags:
  - "ART"
  - "indemnizaciones"
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# Reducen el monto de indemnizaciones por accidentes laborales

![Macri Sica NA](/download/multimedia.normal.b731e89436aa5043.4d616372692053696361204e415f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*El gobierno redujo las indemnizaciones por accidentes laborales mediante un DNU publicado este lunes en el Boletín Oficial. Foto: NA.*

El Gobierno nacional dispuso este lunes **reducir las indemnizaciones por incapacidad laboral definitiva o muerte del trabajador**, a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU) publicado en el Boletín Oficial.

El Poder Ejecutivo estableció, respecto del cálculo del monto de las indemnizaciones, la aplicación del siguiente criterio:

- A los fines del cálculo del valor del ingreso base **se considerará el promedio mensual de todos los salarios devengados por el trabajador durante el año anterior** a la primera manifestación invalidante, o en el tiempo de prestación de servicio si fuera menor.

- Los salarios mensuales tomados a fin de establecer el promedio **se actualizarán mes a mes aplicándose la variación del índice Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE)**.

- Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta la fecha en que deba realizarse la puesta a disposición de la indemnización por determinación de la incapacidad laboral definitiva, deceso del trabajador u homologación, **el monto del ingreso base devengará un interés equivalente a la tasa de variación de las RIPTE** en el período considerado.

- En caso de que las **Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) no pongan a disposición el pago de la indemnización dentro del plazo debido**, se aplicará un **interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días** del Banco Nación, hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral.

El Gobierno justificó esta medida al recordar que el año pasado pasado **se dictó una resolución** que impulsó el pago de indemnizaciones por parte de las ART, permitiendo que estas**utilicen reservas técnicas para la celebración de acuerdos conciliatorios.**

"**Se elevó el monto mínimo de reserva por juicio**, fijando una actualización periódica para que el transcurso del tiempo no afecte la relación entre ese pasivo constituido y la realidad económica imperante a lo largo del tiempo", puntualizó el Poder Ejecutivo.

Y añadió que por "la manera en que **ulteriormente evolucionaron las variables macroeconómicas** que inciden en las tasas bancarias, ha determinado que ese método de ajuste no alcance el fin pretendido y comprometa la estabilidad y continuidad del sistema instituido en beneficio de los trabajadores".

"Actualmente el rendimiento financiero de los activos de la industria aseguradora es del orden del 42% promedio, mientras que la tasa de interés vigente para las indemnizaciones por contingencias previstas en la Ley N° 24.557 y sus modificaciones, asciende a niveles cercanos al 90%", señaló el DNU.

En ese sentido, el texto oficial indicó que "el ajuste de las obligaciones de las Aseguradoras mediante la aplicación de tasas financieras ha llevado a desnaturalizar los derechos de los trabajadores beneficiarios del sistema, haciendo que las indemnizaciones que les corresponden, legalmente orientadas a la finalidad reparadora de los daños sufridos por ellos, generen rendimientos financieros disociados del daño a reparar y ajenas al propósito que inspira la norma".

Por ese motivo, la Casa Rosada resaltó que "ante los recientes acontecimientos económico-financieros que son de público conocimiento, es indispensable adoptar medidas urgentes para regular con mayor certidumbre y equidad el Sistema de Riesgos del Trabajo".

Fuente: Noticias Argentinas

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