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canonical_url: "https://lmdiario.com.ar/contenido/169878/la-justicia-acepto-un-amparo-colectivo-ambiental-contra-la-municipalidad"
title: "La Justicia aceptó amparo colectivo ambiental contra la Municipalidad"
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description: "La demanda busca frenar actividades de la Municipalidad que puedan lesionar el ambiente y el patrimonio natural del barrio Valle del Cerro."
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tags:
  - "Centros Vecinales"
  - "Medio Ambiente"
  - "Municipilidad de Córdoba"
author_name: "Redacción La NUEVA Mañana"
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author_bio: "EDICIÓN"
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category_name: "Córdoba"
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category_description: "Noticias generales y de actualidad de la Provincia de Córdoba, República Argentina. Clasificadas en sub secciones de política, economía, sociedad y judiciales,"
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# La Justicia aceptó amparo colectivo ambiental contra la Municipalidad

![municipalidad de cordoba](/download/multimedia.normal.917e92b9f0292c75.6d756e69636970616c6964616420646520636f72646f62615f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*La resolución de la Cámara consideró que el "sujeto demandado" es la Municipalidad de Córdoba. Foto: Archivo*

La Cámara en lo Contencioso Administrativo de 1° Nominación de la ciudad de Córdoba **estableció el carácter “colectivo” del amparo presentado por el Centro Vecinal del barrio Valle del Cerro en contra de la Municipalidad de Córdoba.**

Su “objeto” consiste en que la Municipalidad "se abstenga de habilitar emprendimientos que no cumplan con las exigencias previstas para el**volcamiento de efluentes**", que no autorice la **remoción del arbolado** "salvo por razones de fuerza mayor debidamente acreditadas", que no habilite emprendimientos que "no cumplan, alteren o amenacen el **Área Patrimonial Protegida**" que "se abstenga de habilitar emprendimientos que no respeten la normativa de **uso de suelo**" y que se obligue al municipio a realizar una **evaluación de impacto ambiental** para la autorización de emprendimientos urbanísticos.

La resolución de la Cámara señala que el “colectivo” en este proceso, que tutela bienes como el “ambiente” o el “patrimonio histórico”, es de carácter indivisible y no admite exclusión. Asimismo, consideró que **el "sujeto demandado" es la Municipalidad de Córdoba.**

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