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title: "En Córdoba hay 61.000 adultos mayores exentos del Inmobiliario Urbano"
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description: "La información fue difundida por el Ministerio de Finanzas, a cargo de Osvaldo Giordano. Consultá los requisitos para acceder a este beneficio."
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tags:
  - "adultos mayores"
  - "Ministerio de Finanzas"
author_name: "Redacción La NUEVA Mañana"
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category_description: "Noticias generales y de actualidad de la Provincia de Córdoba, República Argentina. Clasificadas en sub secciones de política, economía, sociedad y judiciales,"
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# En Córdoba hay 61.000 adultos mayores exentos del Inmobiliario Urbano

![jubilados](/download/multimedia.normal.b30654067ac9b86b.6a7562696c61646f735f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*Actualmente 61.000 adultos mayores se ven beneficiados con la exención del impuesto inmobiliario urbano. Foto: archivo*

Según informó este miércoles la provincia de Córdoba, **actualmente 61.000 adultos mayores se ven beneficiados con la exención del impuesto inmobiliario urbano**, de acuerdo con datos elaborados por el Ministerio de Finanzas, a cargo de Osvaldo Giordano.

Para obtener esta exención, el primer requisito es **ser titular o poseedor de un único inmueble en estado "edificado" y habitar en él**. Además, precisaron que si el inmueble tiene más de un titular (condóminos), cada uno de ellos debe reunir todos los requisitos.

Otro de los requisitos es**ser mayor de 65 años al 31 de diciembre del año anterior** para el cual corresponde la exención y que los ingresos netos totales del mes de noviembre de 2018 hayan sido menores a $ 25.000. **Tampoco pueden poseer deuda vencida del inmueble** al 31 de diciembre del año anterior por el cual se solicita la exención.

En caso de cumplir con estos requisitos y no encontrarse beneficiado con esta exención, se puede gestionar desde la web de [Rentas Córdoba](https://www.rentascordoba.gob.ar/guiatramitesweb/guia)en Inicio de trámites. Para ello, se debe hacer clic en el ícono del Inmobiliario / Exenciones Inmobiliario e ingresando al trámite Adultos mayores o vulnerabilidad social; o bien en la oficina de Rentas más cercana a su hogar.

Para realizar el**trámite online** primero deben ingresar el CUIT o número de cuenta de su inmueble y ejecutar la consulta. Si ya figura "Exento", se puede imprimir la constancia haciendo click en el ícono de la impresora.

Si figura como "No exento" y se cumple con todos los requisitos, se puede solicitar la exención completando los datos requeridos, describir brevemente el motivo de su solicitud y enviar el trámite. Por último, **consultar el estado del trámite dentro de los 30 días hábiles, desde la página de inicio**.

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