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title: "Otorgaron la adopción plena de un niño a una pareja de convivientes"
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description: "Para la Justicia, de la prueba aportada surge que \"se encuentra inserto en un grupo familiar que lo contiene y lo incorporó como un integrante más\"."
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tags:
  - "Adopción"
author_name: "Redacción La NUEVA Mañana"
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category_description: "Noticias generales y de actualidad de la Provincia de Córdoba, República Argentina. Clasificadas en sub secciones de política, economía, sociedad y judiciales,"
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# Otorgaron la adopción plena de un niño a una pareja de convivientes

![Tribunales de familia](/download/multimedia.normal.a2930995902a51a6.54726962756e616c65732064652066616d696c69615f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*La jueza Mónica Parrello destacó que también concurrieron a la audiencia cuatro hijos de la pareja que prestaron su consentimiento para la adopción. Foto: archivo*

El Juzgado de Familia de 5ª Nominación de la ciudad de Córdoba**otorgó la adopción plena de un niño a una pareja de convivientes**. Así lo informaron este lunes fuentes judiciales.

La**jueza Mónica Parrello** expresó que si bien**la acción fue instada sólo por la mujer**, a quien se le otorgó la guarda judicial con fines de adopción del niño, luego fue readecuada y ampliada por la actora y su pareja. La magistrada destacó que este proceder habilitó la adopción conjunta del niño.

La magistrada explicó que comparecieron a la audiencia fijada no solo las partes sino también **los cuatro hijos del pretenso adoptante**; quienes fueron escuchados e informados acerca de la adopción pretendida por su padre y**prestaron su consentimiento**.

En ese marco, la titular del juzgado sostuvo que**de la prueba aportada surge que "el niño se encuentra inserto en un grupo familiar que lo contiene y lo ha incorporado desde su inicio como un integrante más**, con cálidos vínculos que fluyen entre todos sus miembros".

Asimismo, la resolución destaca que, en este caso, **no existen dudas acerca de que el niño "es querido y cuidado por los pretensos adoptantes, que recibe y ocupa el lugar de hijo**, comprendiendo ello su protección integral y la máxima satisfacción de los derechos reconocidos por la normativa nacional e internacional para la protección integral de niñas, niños y adolescentes".

En este sentido, la decisión se fundamenta en las directivas que surgen de la Convención sobre los Derechos del Niño y de la Ley 26061, cuyo eje fundamental es el **"interés superior del niño"**.

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