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canonical_url: "https://lmdiario.com.ar/contenido/115715/la-justicia-le-prohibio-a-un-agresor-ingresar-a-sampacho-durante-30-dias"
title: "La Justicia le prohibió a un agresor ingresar a Sampacho durante 30 días"
article_type: "Article"
description: "Así lo dispuso el juez José Antonio Varela a los fines de evitar todo contacto entre un hombre denunciado por violencia familiar y su ex pareja y sus cinco hijas."
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date_published: "2018-11-28T10:23:00-03:00"
date_modified: "2018-11-28T10:26:27-03:00"
tags:
  - "Sampacho"
  - "Violencia de género"
author_name: "Redacción La NUEVA Mañana"
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author_bio: "EDICIÓN"
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category_name: "Córdoba"
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category_description: "Noticias generales y de actualidad de la Provincia de Córdoba, República Argentina. Clasificadas en sub secciones de política, economía, sociedad y judiciales,"
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# La Justicia le prohibió a un agresor ingresar a Sampacho durante 30 días

![no más violencia contra las mujeres](/download/multimedia.normal.9eac7c3a85b87bcf.6e6f206dc3a1732076696f6c656e63696120636f6e747261206c6173206d756a5f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

*El juez José Antonio Varela entendió que "las medidas resultaban necesarias en atención al interés superior de las niñas involucradas". Foto: archivo.*

El juez**José Antonio Varela** resolvió mantener las medidas de **prohibición de todo contacto y aproximación entre un hombre denunciado por violencia familiar y su ex pareja y sus cinco hijas menores de edad**.

A la vez, **el magistrado le prohibió al victimario el ingreso a la ciudad de Sampacho, al sur de la provincia de Córdoba,** por el plazo de 30 días "bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desobediencia a la autoridad".

El magistrado también **ordenó a las autoridades policiales de la ciudad que "arbitren todos los medios necesarios a su alcance para el debido cumplimiento de la medida dispuesta"** y para que disponga una consigna policial en el domicilio de la progenitora de las niñas.

El Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género y Penal Juvenil de 2° Nominación de la ciudad de Río Cuarto enfatizó que**"las medidas resultaban necesarias en atención al interés superior de las niñas involucradas en las actuaciones**, a fin de brindar el debido resguardo a la integridad psicofísica de las víctimas y con el objetivo de evitar la reiteración de hechos de violencia por parte de la persona denunciada".

Cabe señalar que el hombre denunciado **incumplió, en reiteradas ocasiones, las medidas de reguardo ordenadas por la Justicia y trató de ingresar por la fuerza en el domicilio de su ex parej**a, incluso con la consigna policial en la puerta de la vivienda.

La decisión se adoptó en virtud de los principios consagrados en la **Convención sobre los Derechos del Niño, Convención Belem do Para** y demás reglas internacionales aplicables a la materia, las cuales –recordó el magistrado- “son de cumplimiento obligatorio conforme lo prescripto por el artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional”.

**Para pedir ayuda**

Si vos o alguien que conocés vive alguna situación de violencia, llamá gratis al 144 o buscá algún centro de atención cercano.

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