Santa Fe dispuso el uso obligatorio de tapabocas en toda la provincia

Las personas deberán cubrirse el mentón, boca y naríz en medios de transporte, dentro de los comercios y a la hora de entregar productos, como así también en otros ámbitos.

País 16/04/2020
barbijos by Télam
Una decena de distritos a los largo del país ya implementaron la obligatoriedad del tapaboca. Foto: Télam

Santa Fe dispuso que desde este jueves será obligatorio el uso de tapaboca que cubran mentón, boca y nariz en medios de transporte, dentro de los comercios y a la hora de entregar productos, al tiempo que recomendó que se utilicen también en otros ámbitos no especificados.

Asimismo, mediante este Decreto número 347, "queda prohibida la venta de barbijos quirúrgicos o profesionales tipo N95 o similares a quienes no se desempeñen en los servicios de salud, o no sean personas jurídicas que tengan por objeto la prestación de ese servicio".

De esta manera, Santa Fe se suma a la ciudad de Buenos Aires, Neuquén, La Rioja, Misiones, Jujuy, Santiago del Estero, Salta y Catamarca como distrito donde es obligatorio usar tapaboca. A esta medida también se agregará la provincia de Buenos Aires a partir de este lunes y el viceintendente de Córdoba capital anticipó la medida a partir del viernes.

El decreto, que lleva la forma del gobernador Omar Perotti y de su ministro de Salud, Daniel Parola, dispone "el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón, durante la realización de actividades o circulación autorizadas en virtud de las excepciones a la disposiciones legales vigentes de ´aislamiento social, preventivo y obligatorio´, en los siguientes ámbitos y circunstancias:

a) vehículos del transporte público de pasajeros, taxis y remises.

b) para el ingreso y permanencia en los locales comerciales, dependencias de atención al publico en reparticiones oficiales, entidades financieras u otros casos en que la misma estuviere permitida, en especial cuando no fuere posible garantizar el aislamiento social, incluidas las filas de personas que se formen al efecto.

c) actividades de entregas autorizadas de productos y a quienes los reciban, en el acto en que se produce la entrega".

"La autoridad policial a la que se le denuncie o verifique por sí el incumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1° instruirá el sumario contravencional correspondiente, con inmediato conocimiento del Juez de Faltas competente, por presunta infracción al Artículo 57° del Código de Faltas de la Provincia de Santa Fe Ley 10.703", precisó el decreto.

Además, se recomendó "el uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón en cualquier otro ámbito o circunstancias diferentes a los indicados en el Artículo 1° del presente, y su portación en vehículos oficiales o privados para ser utilizado en ocasión de ser detenido en los controles de tránsito en la vía pública".

"Asimismo se recomienda que esos elementos de protección sean considerados como contaminados después de cada uso, por lo que deben ser lavados y secados antes de ser reutilizados", agregó la norma.

Fuente: Noticias Argentinas

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