Afip postergó retención del IVA y Ganancias en pagos electrónicos

El sistema debía estar activo desde la semana pasada, pero ahora según fue anunciado por el organismo nacional este lunes, comenzará a regir en junio de 2020.

Economía 25/11/2019
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La Afip postergó la entrada en vigencia del régimen de retención de IVA y Ganancias en los pagos electrónicos. Foto: ilustrativa.

La Afip postergó este lunes la entrada en vigencia del régimen de retención de IVA y Ganancias en los pagos y las cobranzas electrónicas, que debía estar activo desde la semana pasada, pero que ahora comenzará a regir en junio de 2020.

La medida se formalizó por medio de una resolución general publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Recientemente, el organismo implementó regímenes de retención de esos dos impuestos a cargo de los sujetos que administren servicios electrónicos de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros, incluso a través del uso de dispositivos móviles y/o cualquier otro soporte electrónico, comprendidos los virtuales, aplicables a las liquidaciones que se efectúen a los comerciantes, locadores o prestadores de servicios por la utilización de dichos sistemas de pago.

Esta nueva resolución resultará de aplicación para los pagos de las liquidaciones que se efectúen a partir del 1 de junio de 2020, inclusive, respecto de los medios de pago electrónicos Débito Inmediato (DEBIN) y Pago Electrónico Inmediato (PEI), y del 16 de diciembre de 2019, inclusive, cuando se trate del resto de los medios de pago electrónicos, según estableció el ente recaudador.

Además, indicó que los importes que hubieran sido retenidos entre el 19 de noviembre último y la fecha de vigencia de la resolución deberán ser reintegrados a los sujetos que hubieran sufrido dichas retenciones.

La Afip justificó su decisión al señalar que "atento a inquietudes planteadas por los agentes de retención, así como a ciertos inconvenientes en la recopilación de la información necesaria para conocer la situación fiscal de los usuarios de dichos sistemas de pago y determinar la alícuota que corresponde aplicar, se estima conveniente efectuar adecuaciones para facilitar la aplicación del régimen y ampliar los plazos para su implementación".

Fuente: Noticias Argentinas
 

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